Orden de 27 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Legislación - Orden
Servicios Sociales - Servicios Sociales Comunitarios
Andalucía - Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Fecha: 07/28/2023 12:00:00 PM
Fecha publicación: 07/28/2023 12:00:00 PM
Medio publicación: BOJA

Índice

CAPÍTULO I: Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Personas destinatarias.
Artículo 4. Finalidad.
Artículo 5. Objetivos.
Artículo 6. Características.
Artículo 7. Promoción de la igualdad de género.

CAPÍTULO II: Prestación del Servicio
Artículo 8. Criterios técnicos para la prescripción.
Artículo 9. Acceso.
Artículo 10. Régimen de compatibilidad.
Artículo 11. Modalidades de actuación.
Artículo 12. Actuaciones de atención personal.
Artículo 13. Actuaciones de atención de las necesidades del hogar.
Artículo 14. Intensidad.
Artículo 15. Horario.


CAPÍTULO III: Derechos y deberes de las personas usuarias.
Artículo 16. Derechos.
Artículo 17. Deberes.
CAPÍTULO IV: Organización del servicio
Artículo 18. Gestión del servicio.
Artículo 19. Recursos humanos.
Artículo 20. Coordinación del servicio.
Artículo 21. Personal auxiliar de ayuda a domicilio.
Artículo 22. Derechos y deberes del personal auxiliar de ayuda a domicilio.
CAPÍTULO V: Contratación del Servicio de Ayuda a Domicilio
Artículo 23. Criterios de contratación.
CAPÍTULO VI: Sistema de financiación
Artículo 24. Financiación.
Artículo 25. Participación de las personas usuarias en el coste del servicio
CAPÍTULO VII: Revisión y extinción
Artículo 26. Revisión.
Artículo 27. Modificación.
Artículo 28. Suspensión.
Artículo 29. Extinción.
Artículo 30. Principio de contradicción
CAPÍTULO VIII: Calidad del servicio
Artículo 31. Calidad, evaluación y seguimiento.

• Disposición adicional primera. Incorporación al sistema de financiación del servicio prescrito en la resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención.
• Disposición adicional segunda. Coste/hora máximo del servicio.
• Disposición adicional tercera. Uso del sistema de información y comunicaciones electrónicas.
• Disposición adicional cuarta. Transmisión y tratamiento de datos.
• Disposición adicional quinta. Compromiso de las Administraciones Públicas competentes.
• Disposición adicional sexta. Exigibilidad de los requisitos de cualificación profesional.
• Disposición adicional séptima. Referencias a la Orden de 15 de noviembre de 2007.
• Disposición adicional octava. Habilitación y desarrollo.
• Disposición transitoria primera. Procedimientos de acreditación de entidades prestadoras del servicio.
• Disposición transitoria segunda. Adaptación de los convenios de colaboración suscritos.
• Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Salvo lo dispuesto en la Disposición transitoria primera, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido a la presente orden y, expresamente:
a) La Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b) La Orden de 7 de octubre de 2019, por la que se aprueba el modelo actualizado de convenio de colaboración para la prestación del servicio de ayuda a domicilio como prestación del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I: BAREMO DE ACCESO AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO NO VINCULADO A LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE.
ANEXO II: INTENSIDAD DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO SEGÚN GRADO DE DEPENDENCIA
ANEXO III: TABLA PARA DETERMINAR LA PARTICIPACIÓN DE LA PERSONA USUARIA EN EL COSTE DEL SERVICIO.
ANEXO IV: MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO COMO PRESTACIÓN DEL SISTEMA PARA LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.


Archivos adjuntos:


33. BOJA Extr.21 Regula SAD.pdf - 33. BOJA Extr.21 Regula SAD.pdf