Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales para personas mayores y personas con discapacidad de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) ?financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU?, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.

Legislación - Orden
Servicios Sociales - Subvenciones
Andalucía - Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Fecha: 12/29/2023 12:00:00 PM
Fecha publicación: 12/29/2023 12:00:00 PM
Medio publicación: BOJA

Se convocan en el ejercicio 2023, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención reguladas en la orden de referencia, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican para cada línea:
Línea CLD1: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas Mayores, destinadas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración.
Línea CLD2: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas con Discapacidad, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades públicas o privadas descritas para cada una de las líneas en el Anexo I que se acompaña.
Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante esta orden.
2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante la Orden de 19 de diciembre de 2023. Las solicitudes indicadas se presentarán en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.
Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere esta orden anteriormente referenciada, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25436.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25437.html
en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a efectos informativos.


Archivos adjuntos:


49. BOJA 248 Subv. const.adpt. centros.pdf - 49. BOJA 248 Subv. const.adpt. centros.pdf