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HOTEL DE "EL ALGARROBICO"

El municipio de Carboneras ha sido siempre respetuoso con el medio ambiente y con el desarrollo sostenible, pues, no en vano, es el pueblo de la costa de Almería que menos ha crecido y que mejor mantiene su perfil urbanístico, sin invasiones de la costa, de cauces públicos o de humedales, al contrario de lo que sucede en otros municipios de la costa. De hecho es un distintivo de calidad el hecho de que el 75 por ciento de nuestro suelo esté protegido bajo el marchamo de Parque Natural de Cabo de Gata-Nijar, siendo el municipio de España con más suelo protegido y por tanto no susceptible de desarrollo en dicho territorio

CRONOLOGÍA

Con el objeto de aclarar las posibles dudas en torno a la construcción de este hotel, detallamos cronológicamente a continuación el desarrollo de la tramitación legal del expediente de “El Algarrobico”, Sector ST-1:

1º- En el año 1987 la Comisión Provincial de Urbanismo aprobó el Planeamiento Urbanístico de Carboneras, en el que se incluían 16 hectáreas de suelo Urbanizable para la construcción de 250 viviendas y un hotel en la zona conocida como “El Algarrobico”. El suelo fue catalogado como urbanizable en 1987, siete años antes de que el Parque Natural se ampliara a Carboneras, en 1994.

2º- El 26 de mayo de 1988 la Comisión Provincial de Urbanismo aprobó el plan parcial, con lo que las 16 hectáreas de “El Algarrobico” adquirieron la condición de URBANAS.

Aprobación anterior a la ley de costas 22/1988, de 23 de julio,  (BOE 19.07.1988) que determina una zona de servidumbre de protección, de 20 metros en suelo clasificado como urbano a la entrada en vigor de la Ley de Costas,

3º- Cuando fue tramitado el expediente de “El Algarrobico. La Dirección General de Costas, dependiente de la administración Central, dio el informe favorable, según plano que se adjunta. Dicho informe determinaba un espacio de 20 desde la costa como zona de protección marítimo-terrestre.

 4º - A pesar de que el Gobierno de la nación autorizó la construcción a 20 metros de la costa, el Ayuntamiento en el Plan Parcial estableció una franja de protección superior, fijada en 50 metros, 30 metros más de lo determinado por la Dirección General de Costas, con lo que la línea de edificación quedó a 50 metros de la costa.

5º- Cuando se amplió la extensión del Parque Natural Cabo de Gata-Nijar, el 22 de diciembre de 1994, la zona de “El Algarrobico” aparecía clasificada como Subzona D-2, es decir, ZONA URBANA. (ver mapa Consejería de Medio Ambiente).

6º- Los proyectos de Urbanización y Compensación fueron aprobados por la Comisión Provincial de Urbanismo el 27 de octubre de 1997 y 10 de julio de 2001.

7º- La ampliación del Parque Natural obligó a la Revisión del Planeamiento Urbanístico de Carboneras, documento que fue aprobada por la Comisión Provincial de Urbanismo en enero de 1998, quedando la zona de “El Algarrobico” bajo la misma catalogación urbanística que tenía: URBANA.

8º-  Desde 1987 a 2003 no ha existido ningún tipo de alegación por parte de ningún grupo político, asociación o colectivo social  a este proyecto.

9º- Dado que se trata de una zona URBANA el expediente fue tramitado con total normalidad y obtuvo los informes favorables y preceptivos de las siguientes Administraciones: Turismo, Sanidad y Medio Ambiente.

10º- En el año 2001 el promotor y propietario de los terrenos presentó en el Ayuntamiento un proyecto de hotel de 4 estrellas, solicitando la tramitación de la licencia de actividad y de apertura.

11 . Conforme a la licencia concedida, el hotel se comenzó a construir a una distancia de 50 metros de la línea de la zona marítimo terrestre vigente. El proyecto contempla la creación de zonas lúdicas y de recreo, jardines, piscinas y áreas de esparcimiento entre los 20 y 50 metros, fuera de la zona de protección del dominio público marítimo-terrestre.

Pulsa aquí para ver como quedaría el hotel del algarrobico

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