Guia de Servicios y Tramites, Diputación Provincial de Almería
CIRCUITO PROVINCIAL DE CINE DE VERANO
Descripción:
Es un programa cultural que pretende facilitar los medios para que en la provincia se puedan ver películas en 35 mm., ya que, ante la desaparición de locales y terrazas de cine, las películas no llegan a la mayoría de los municipios en su formato original.
Además, con la programación al aire libre se intenta acercar el cine en pantalla grande a los municipios más pequeños o con menos infraestructura cinematográfica de nuestra provincia; y mantener viva una tradicional forma de ver el cine en Almería.
Para ello, la Diputación de Almería asume la gestión de los medios para disponer de las películas, de los equipos necesarios y del personal para llevar a cabo una proyección en 35 mm. de modo adecuado al aire libre. Igualmente, se encarga de la elaboración de la publicidad y de la difusión en los medios de comunicación e información. De cada actividad que compone este programa, se lleva a cabo una valoración del desarrollo de las distintas acciones que se precisan para ponerla en marcha.
Destinatarios: 
Ciudadanos ,Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000
Requisitos exigibles:  
Podrán solicitar participar en este circuito provincial ayuntamientos de municipios que no superen los 5.000 habitantes, que se comprometan al cumplimiento de las medidas legales correspondientes y a la disposición de las condiciones técnicas, que se especifican en los requisitos de prestación

No se podrá participar si en los municipios existen salas o terrazas de cine comerciales que exhiban periódicamente una programación cinematográfica.

En este sentido, se programarán películas actuales en todos los municipios. No obstante, atendiendo al artículo 17 del Real Decreto 2062/2008 de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en los municipios que no estén situados a más de 25 km. De una sala de cine comercial o establecimiento de venta y/o alquiler videográfico se programará títulos con una antigüedad de estreno superior a doce meses, contando desde la fecha de proyección.

Los ayuntamientos de los municipios participantes se tendrán que comprometer a llevar a cabo todas las acciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, sobre espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía, publicado en el BOJA núm. 152, de 31 de diciembre de 1999; en el Decreto 195/2007, de 26 de junio, sobre las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, publicado en el BOJA núm. 137, de 12 de julio de 2007; y en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, publicado en el BOJA núm. 140, de 21 de julio de 2009.

Asimismo, tendrán que disponer de las siguientes condiciones técnicas:

1. Espacio libre que con una superficie en torno a los 250 m2, sin ningún obstáculo y en la que haya una pared lisa o posibilidad de colocar una pantalla de 10 metros de ancho por 4 metros de alto.
2. Toma de corriente de 3.000 wt. Suministro de corriente eléctrica, alterna, monofásica de 220 v., con amperaje mínimo de 20 A, y enchufe hembra de clavija gruesa a pie de pantalla.
3. Un electricista de servicio durante el montaje del equipo de proyección.
4. CORTAR LA ILUMINACIÓN PÚBLICA del lugar en donde se proyecte (imprescindible).
5. Una escalera para poder instalar la pantalla.
6. Impedir el tráfico en el espacio en donde se celebre la proyección, desde una hora antes del comienzo de la misma.
7. Instalar sillas para los espectadores
8. Asegurar el orden con el personal necesario.

En caso de que alguna de estas condiciones no se cumplieran, la Diputación de Almería se reserva el derecho a suspender la actividad.
Documentación Complementaria:
Programa cultura del ayuntamiento en el que se integren las sesiones cinematográficas
¿Cuándo solicitar? :  
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
SEIS MESES
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá denegada
Coste para el solicitante:
El Ayuntamiento de cada municipio en donde se realice este circuito tendrá que aportar por las dos sesiones la cantidad de: ¨ Si el municipio tiene menos de 1.000 habitantes, 100,00 euros. ¨ Si el municipio está incluido dentro de los comprendidos entre 1.000 y 2.000 habitantes, 200,00 euros. ¨ Si el municipio está incluido dentro de los comprendidos entre 2.001 y 3.000 habitantes, 300,00 euros. ¨ Si el municipio está incluido dentro de los comprendidos entre 3.001 y 5.000 habitantes, 500,00 euros. Estas cantidades deberán estar ingresadas, por parte del ayuntamiento correspondiente, en Arcas Provinciales al día siguiente de la realización de las proyecciones.
Atención Presencial:
AREA DE CULTURA DE LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. ARTES AUDIOVISUALES - C/ Navarro Rodrigo, 17, 2ª planta
cultura@dipalme.org / imfernan@dipalme.org / jrosasol@dipalme.org
TF: 950 21 11 83 / 950 21 13 46 / 618 77 57 27
Fax: 950 21 12 14
Horario de atención Presencial:
De 10 a 14 horas
Observaciones:
Los criterios generales que tiene en cuenta a la hora de efectuar la selección de los municipios participantes en este circuito son los siguientes:
1. Municipios que reúnan las condiciones técnicas exigidas para la exhibición cinematográfica en 35 mm.

Si hay coincidencia con otras peticiones en la primera fecha solicitada, para la concesión se valorarán, atendiendo al orden, los siguientes criterios:
1. Municipios que incluyan la actividad dentro de una programación municipal (tendrán que aportarla junto con la solicitud).
2. Municipios que tengan menos número de habitantes.

Normativa Aplicable:
-
Dependencia Gestora:
AREA DE CULTURA

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