ANTECEDENTES
La Diputación de Almería tiene como uno de sus objetivos prioritarios luchar contra la despoblación de los municipios de la provincia.
En octubre de 2018 el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, publicó una convocatoria de subvenciones a entidades locales para financiar proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidas a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ).
En el marco de estas ayudas se entiende por municipio de menor población los siguientes:
-Municipios de población inferior o igual a 5.000 habitantes, o
-Municipios con una población comprendida entre los 5.001-10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.
La Diputación, a través de la Delegación de Empleo, Promoción Económica, Iniciativas Europeas, Comercio y Empresa elaboró tres proyectos:
-P1.- Formación para emprender
-P2.- Fomento del trabajo autónomo
-P3.- Fomento de la economía social
Los tres proyectos fueron aprobados e integran la Estrategia Global "Almería_Joven contra la despoblación".
OBJETIVOS
Objetivo general:
-Afrontar el reto demográfico en esos municipios de la provincia en los municipios con una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes, siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.
Objetivo específico:
-Incentivar y promover proyectos de autoempleo que aumenten el emprendimiento de los jóvenes que habiten o vayan a habitar en los citados municipios.
BENEFICIARIO
Tendrán la condición de personas beneficiarias los autónomos (de forma individual o como persona jurídica) que promuevan proyectos empresariales de autoempleo y cumplan los siguientes requisitos el día anterior a la fecha de inicio de la actividad empresarial:
-Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.Una vez cumplidos 30 años, podrán ser beneficiarios de la subvención si inician su actividad empresarial antes de que transcurran 4 meses y están inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil antes de cumplir los 30 años. A este efecto, se entenderá por inicio de la actividad empresarial el primer día de alta en el régimen que corresponda.
-Estar empadronados y residir durante todo el período de ejercicio de la actividad de autoempleo y de vigencia de la subvención en alguno de los 85 municipios de la provincia de Almería que se recogen en el Anexo I de estas Bases.
-Acreditar que el centro de trabajo se encuentra situado en uno de los 85 municipios de la provincia de Almería recogidos en el Anexo I de esta convocatoria.
-Encontrarse en situación de desempleo y permanecer desempleadas e inscritas como demandantes de empleo hasta el momento del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
-Acreditar un mínimo de 6 meses de actividad profesional efectiva en el Régimen de Autoempleo que corresponda. En el cómputo de los meses de alta se puede incluir hasta 2 meses del tiempo dedicado al acondicionamiento inicial del centro de trabajo, siempre y cuando esta circunstancia se justifique debidamente.
IMPORTE DE LA AYUDA
La cuantía de la subvención por persona autónoma (de forma individual o como persona jurídica) se corresponderá con el 75% del importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente por cada mes de permanencia de alta en el Régimen de Autoempleo que corresponda.
Los importes mínimos y máximos se encuentran reflejados en la siguiente tabla:
Se van conceder 80 ayudas al autoempleo. Además, a los autónomos beneficiarios de las ayudas se les ofrecerá un servicio de acompañamiento /mentoring.
Esta ayuda es compatible con las reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta ajena.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención contenidas en esta convocatoria será desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) hasta el 30 de septiembre de 2020. La actividad empresarial deberá haber iniciado, en todo caso, con posterioridad al 8 de enero de 2019.
RÉGIMEN DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito presupuestado, dado que el objeto y finalidad de la subvención no permiten la comparación objetiva de las solicitudes, teniendo como únicos criterios de otorgamiento el de la fecha de presentación y cumplimiento de los requisitos establecidos en estas Bases.
BASES PARA LA SOLICITUD DE LAS AYUDAS AL AUTOEMPLEO
Se adjuntan la siguiente documentación referente a las Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para promover el autoempleo en el marco del proyecto "Almería_P2: Fomento del trabajo autónomo"
-Bases
-Modificación de las bases
-Anexos: II / III / IV / V (editables)