INFORMACIÓN GENERAL OFICINA VIRTUAL







En cumplimiento del artículo 6 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica (RRAE) (BOP núm.107 de 7 de junio de 2010), el Ayuntamiento de Tíjola informa de las condiciones, programas, aplicaciones y medios que los ciudadanos pueden utilizar para relacionarse electrónicamente con ella.
Entendiendo por ciudadano, "cualesquiera personas físicas, personas jurídicas y entes sin personalidad que se relacionen, o sean susceptibles de relacionarse con el Ayuntamiento de Tíjola" (art. 1 RRAE)





Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tíjola: http://www.tijola.es
Sede Electrónica de la Red Provincial: http://www.almeria.es
Condiciones de Acceso a la Información General (art.6 RRAE)
Sistemas de Identificación y Firma para acceso a información particular y actividades de relación electrónica (art. 16 RRAE).
Registro de Funcionarios Habilitados para representar a ciudadanos que carezcan de instrumentos de firma electrónica (art. 17 RRAE)
Oficinas de Atención Presencial (Ver Centros del Ayuntamiento de Tíjola)
Puntos de Acceso Electrónico de libre utilización (artículos 8 y 12 RRAE)
Atención telefónica
Deberes de los Ciudadanos que utilicen los sistemas de Administración Electrónica (art. 9 RRAE).
Calendario Oficial Sede Electrónica (Ver Calendario)
Ficheros Inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos (Consultar)
Normas sobre Administración Electrónica