| Aprobado inicialmente, por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha de 9 de agosto de 2018, el Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Canjáyar, ha estado expuesto al público por un plazo de treinta días el expediente completo a los efectos de reclamaciones y sugerencias por los interesados conforme dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las bases de Régimen Local, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia nº 167, de fecha 30 de Agosto de 2018, sin que durante dicho plazo se haya formulado alegación alguna contra el expediente de aprobación del Plan Municipal de Vivienda de Canjáyar. Aprobado definitivamente por Decreto 237/2018 de fecha 31 de octubre de 2019, procede su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso administrativo, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en las formas y plazos que establece la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción. Contencioso - Administrativa. El contenido del mencionado plan está disponible en la sección normativa de la web municipal (www.canjayar.es).
EL ALCALDE,
Fdo.: Juan José Romera Rodríguez
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