Constitución de Bolsa de Trabajo por Concurso (Personal Laboral Temporal)

Constitución de Bolsa de Trabajo por Concurso (Personal Laboral Temporal)

Ayuntamiento de Santa Fe de Mondújar

Secretaría

Empleo Público - Empleo Temporal -

Publicado: 11/03/2024

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento
Fecha
Providencia de Alcaldía
27/02/2024
Informe de Secretaría
27/02/2024
Bases que han de regir la Convocatoria y el Proceso de Selección
27/02/2024
Informe-Propuesta de Secretaría
27/02/2024
Vista la redacción de las bases de la convocatoria que han de regir el proceso de selección para formar parte de bolsa de trabajo para puesto laboral temporal de personal de limpieza en el Ayuntamiento de Santa Fe de Mondújar.
Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección del personal que va conformar la bolsa de empleo, y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las Bases que regulan la bolsa de trabajo de limpieza en el Ayuntamiento de Santa Fe de Mondújar en régimen de contratación laboral temporal.
SEGUNDO. Convocar las pruebas de selección, comunicándolo a los Organismos correspondientes que deben formar parte del Tribunal a los efectos de que designen cinco miembros para formar parte del órgano de selección de la referida convocatoria.
TERCERO. Publicar el texto íntegro de las bases de la bolsa de limpieza en la sede electrónica de este Ayuntamiento, www.santafedemondujar.es y en tablón de anuncios del Ayuntamiento.
CUARTO. Vista la comunicación de los Organismos correspondientes que deben formar parte del Tribunal, designar los miembros del Tribunal que han de Juzgar las correspondientes pruebas, notificarles la resolución de designación, para su conocimiento, y publicar la composición del Tribunal.

QUINTO. Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas de selección, aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y publicarla en la sede electrónica de este Ayuntamiento, www.santafedemondujar.es y en tablón de anuncios del mismo, otorgando a aspirantes excluidos un plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación del anuncio, para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.
En Santa Fe de Mondújar, a la fecha de la firma digital.
La Alcaldesa – Presidenta
Fdo. Dª .Trinidad Góngora Escámez

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