Orden de 4 de septiembre de 2012, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Corporaciones Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2012

Legislación - Orden
Servicios Sociales - Servicios Sociales Comunitarios
Andalucía - Consejería de Salud y Bienestar Social

Fecha: 10/08/2012
Fecha publicación: 10/04/2012
Medio publicación: BOJA

El Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía (BOJA núm. 85, de 20 julio), establece en su artículo 2 que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía serán transferidos por la Consejería de Asuntos Sociales (ahora Consejería de Salud y Bienestar Social) y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes, conforme a las reglas que en el mismo se establecen.


Archivos adjuntos:


BOJA12-195-00003-15685-01_00014028.pdf