Programa
El Programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo es uno de los programas mixtos de empleo y formación que desarrolla la administración de la Junta de Andalucía, a través del Servicio Andaluz de Empleo, y cuya finalidad es facilitar la inserción laboral a través de la cualificación y profesionalización de personas desempleadas. Las Escuelas Taller y Casas de Oficio se configuran como proyectos de carácter temporal destinados a mejorar la ocupabilidad de jóvenes desempleados/as mayores de dieciséis años y menores de veinticinco años, en los que el aprendizaje y la cualificación profesional se alternan con un trabajo productivo. Los Talleres de Empleo, en cambio, están dirigidos a personas desempleadas de más de veinticinco años.
El colectivo destinatario preferente es el siguiente: Mujeres, usuarios de Andalucía Orienta, demandantes de empleo de larga duración, demandantes de empleo en riesgo de exclusión, personas con discapacidad, minorías étnicas, inmigrantes legalmente documentados, jóvenes sin formación reglada en la ocupación en la que serán contratados y personas que no hayan participado en más de un proyecto de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo.
Es interesante observar que el alumno trabajador adquiere formación profesional y práctica laboral mediante la realización de actividades de interés público, social o artesanal. A su vez, recibe Formación Profesional Ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar, Formación Complementaria en materias transversales como son: Fomento para la actividad emprendedora, Prevención de riesgos laborales, Alfabetización informática, Sensibilización medioambiental, Igualdad de género e Igualdad para colectivos desfavorecidos y, en su caso, Formación Básica Complementaria para alcanzar los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria.
Duración
Los proyectos de Escuelas Taller tienen una duración mínima de un año y máxima de dos. Las Casas de Oficio tienen una duración de un año. Los Talleres de Empleo tienen una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año. En caso de Escuela Taller o Casa de Oficios, los proyectos se estructuran en dos etapas, con la siguiente duración y contenidos:
Una primera etapa formativa de iniciación, de seis meses de duración, en la que los alumnos y alumnas trabajadores recibirán formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar, según el plan formativo incluido Orden reguladora de los programas de Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficio. Dicha formación se adecuará, en la medida de lo posible y en función del oficio o puesto de trabajo a desempeñar, a los contenidos mínimos establecidos en el Real Decreto 1506/2003, de 28 de noviembre, por el que se establecen las directrices sobre los certificados de profesionalidad. Durante esta etapa, el alumnado podrá solicitar al Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo la beca prevista en la citada Orden, cuyo importe se establece en 9 euros por día lectivo.
Una segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional, con una duración de entre seis y dieciocho meses para las Escuelas Taller, y de seis meses para las Casas de Oficio, en la que los/as alumnos/as trabajadores/as completarán su formación y serán contratados por las entidades promotoras. La contratación del alumnado trabajador se formalizará preferentemente mediante un contrato para la formación, en el que el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo incentivará el 75% del Salario Mínimo Interprofesional anualmente establecido.
Entidades Promotoras
Los proyectos podrán ser promovidos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía por entidades promotoras que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.
Estas entidades promotoras pueden ser:
· Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sus organismos autónomos y entidades con competencia en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Corporaciones Locales.
· Consorcios y entidades de Derecho Público con sede en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía
· Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos con sede en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Certificado
Al término de su participación en una Escuela Taller, Casa de Oficio o Taller de Empleo, cada uno de los alumnos y alumnas trabajadores recibirá un Certificado expedido por la entidad promotora. En dicho certificado constará la duración en horas de su participación en el programa, el nivel de formación teórico-práctica adquirida, los módulos formativos cursados, así como el nivel de cualificación profesional obtenido. Este certificado podrá servir total o parcialmente para ser convalidado en su momento por el Certificado de Profesionalidad.
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