Empresa Provincial para la Vivienda S.L.
E.P.V.

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SERVICIO DE PROMOCIÓN Y CONTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PÚBLICAS POR LA E.P.V.
Descripción:
      Los expedientes concretos para la promoción y construcción de viviendas, se pondrán en marcha a solicitud del respectivo Ayuntamiento, con las formalidades y transferencias que se describen a continuación.
Solicitantes:
      Podrán solicitar el servicio los Ayuntamientos de la Provincia de Almería, que cumplan los requisitos establecidos a continuación. (Ver documento, en formato word anexo: "Trámites Cesión Solar a E.P.V.doc")
Acuerdo:
      Acuerdo del Pleno para la Cesión Gratuita de Bienes Patrimoniales (terrenos de naturaleza urbana), por parte de los Ayuntamientos, a la Empresa Provincial para la Vivienda de Almería, S.L., (E.P.V.), dependiente de la Excma. Diputación Provincial de Almería, para la promoción y construcción de viviendas, con el siguiente contenido:

      1.- Ceder, a título gratuito a la Empresa Provincial para la Vivienda de Almería, S.L. (E.P.V.), los terrenos de propiedad de este Ayuntamiento de ___________________________, que forman parte del Patrimonio Municipal del Suelo que, a continuación se describen:
      ________________________________________________________________________________________________________

      (Descripción y localización detallada, con su superficie y linderos. En el supuesto de que sea necesario efectuar segregación de una finca matriz, ésta deberá efectuarse con anterioridad a la cesión, de forma que el solar que se ceda aparezca inscrito en el citado Registro de la Propiedad como parcela independiente).

      También se especificará la Referencia Catastral del Inmueble.

      Los terrenos se encuentran inscrito en el Registro de la Propiedad de ___________________, Tomo _________, Libro ________, Folio _________, Finca nº _________.

      El valor de los terrenos, según informe técnico obrante en el expediente, es de ___________________________ Euros.

      2.- El destino que ha de darse a los terrenos cedidos es el de la construcción de ______________ viviendas de protección oficial. (En su caso, garajes y trasteros).

      3.- Si el cesionario no destina los bienes cedidos al uso previsto en el apartado anterior, en el plazo de 5 años, o dejasen de estarlo dentro de los 30 años siguientes, se considerará resuelta la cesión y revertirán a este Ayuntamiento, con todas las mejoras realizadas, teniendo derecho el Ayuntamiento a percibir del cesionario, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos sufridos por los citados bienes.

      4.- Asumir el compromiso Municipal de eliminar a su costa las cargas, gravámenes y servidumbres, tanto de hecho como de derecho, que pudieran afectar al solar y que pudieran dificultar o impedir las futuras obras previstas.

      5.- Asumir el compromiso de ejecución, a costa del Ayuntamiento, de las obras de urbanización y servicios urbanísticos necesarios a pie de solar o parcela y adecuación de los mismos a la promoción prevista.

      6.- El Ayuntamiento se compromete al otorgamiento de Licencia Municipal de Obras y Primera Ocupación, una vez que le fueran solicitadas, siempre que el proceso constructivo, a tenor de los proyectos técnicos, se adecue a la normativa urbanística vigente en el Municipio.

      7.- Sométase el expediente al trámite de información pública, por plazo de 20 días, al objeto de que pueda ser examinado y, en su caso, se formulen alegaciones o reclamaciones. En el caso de que no se formulen alegaciones o reclamaciones en el plazo de 20 días hábiles, a contar del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el B.O.P., el presente acuerdo se considerará definitivo sin necesidad de nuevo acuerdo.

      8.- El presente acuerdo se comunicará a la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía, en Almería, de conformidad con el apartado 5 del art. 27 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre.
Documentación:
      Asimismo y con posterioridad al acuerdo plenario, se deberá remitir a la Empresa Provincial para la Vivienda de Almería, S.L., la siguiente documentación:

      1.- Certificado del Acuerdo del Pleno, en el que deberá constar, expresamente, que dicho acuerdo ha sido adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número de Concejales de la Corporación Municipal. (art. 47 L.B.R.L.)

      - Fotocopia del Documento de Información Pública
      Deberá aportarse la fotocopia del anuncio en el B.O.P. de la cesión gratuita de los terrenos y la descripción de la parcela. Con el plazo no inferior a quince días de información pública.

      Publicación, en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento, de la cesión.

      - Certificado sobre el Resultado de la Información Pública
      Dicho certificado deberá expedirlo el Sr. Secretario de la Corporación Municipal, con expresión de la no existencia, en su caso, de reclamaciones.

      - Certificado del Bien Inventariado
      Deberá aportarse un certificado del Sr. Secretario de la Corporación en el que conste que el terreno que se cede figura inscrito en el Inventario de Bienes Municipal con la calificación jurídica de bien patrimonial, estando debidamente identificado en superficie, uso, linderos, y situación de cargas y gravámenes.

      - Certificado del Registro de la Propiedad sobre la Titularidad, Superficie y Cargas
      No puede ser sustituida por nota simple.

      - Certificado Urbanístico
      Deberá aportarse certificado municipal en el que consten los siguientes extremos, sobre la parcela que se cede:
      -Instrumento de planeamiento municipal vigente.
      -Calificación de suelo urbano
      -Condición del Solar.
      -Uso de carácter residencial.
      -Superficie máxima de ocupación en planta.
      -Parcela mínima.
      -Superficie máxima edificable.
      -Alturas máximas de edificación.
      -Número máximo de viviendas permitido.
      -Existencia de servicios urbanísticos y dotaciones.

      2.- Plano de situación
      Se aportará plano de situación de la parcela que se cede, en el que se reflejen las siguientes determinaciones:
      - Escala
      - Nombre de calles
      - Acotación de linderos
      - Indicación de norte geográfico
      - Señalamiento de los servicios urbanísticos existentes y de los que deben ejecutarse.

      Este plano deberá venir diligenciado, con sello y firma, del Sr. Secretario con el VºBº del Sr. Alcalde, con expresión de los siguientes términos:
      DILIGENCIA: Para hacer constar que la parcela de suelo urbano representada en este plano, se corresonde con la cedida a título gratuito a la Empresa Provincial para la Vivienda S.L., según acuerdo d epleno d efecha ..........., para la construcción de viviendas de promoción pública.

      3.- Certificado de la Comunicación a la Consejería de Gobierno, con remisión del expediente instruido a tal fin.
      del expediente instruido a tal fin.
Normativa Aplicable:
      Entre ellas, la Ley 7/1999 de 29 de Septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía. Ley de Bases de Régimen Local, Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales y la Ley de Suelo de Andalucía.
      Para una información detallada a las Secretaría de los Ayuntamientos, se adjunta, documento en formato word: "Informe Cesión Solar a E.P.V.doc"
Promoción y Construcción:
      La Empresa Provincial para la Vivienda de Almería, S.L. gestionará la promoción, sin repercursión alguna de beneficio industrial.
      - Diputación elaborará los proyectos arquitectónicos, adaptados a las necesidades y requerimientos de la Corporación. (Su valor tampoco repercute en el importe de la vivienda)
      - Diputación se encargará de la dirección de obra. (Su valor no repercute en el importe de la vivienda).
      -Las viviendas se construirán siguiendo los procedimientos legalmente establecidos.


Informe Secretarías sobre Cesión Suelo.docTramites Cesión Solar Ayuntamientos a EPV.doc