Diputacion Provincial de Almeria
Servicio de Régimen Interior y Administración Local

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SERVICIO DE CONEXIÓN VPN A LA RED PROVINCIAL.
(Aprobado por Resolución núm. 585/2006 de 18/04 Modificado por Resoluciones 1.606/2006 de 29/09)
Descripción:
      Este servicio, posibilita que los usuarios de las Entidades Adheridas al Convenio Marco para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración que dispongan de un ID registrado de la Red Provincial, puedan acceder a la misma de forma segura a través de cualquier dirección IP de Internet.
Usuarios:
      ENTIDADES ADHERIDAS al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, que soliciten para su personal, la prestación del servicio de conexión VPN a la Red Provincial, de conformidad con lo establecido en el mismo.

      Relación de Entidades Usuarias del Servicio:
Requisitos:
      Las Entidades que soliciten el servicio deberán facilitar la siguiente información: (ver modelo anexo en formato word al final de esta página: SOLICITUD.doc)

      - Entidad Solicitante.
      - Por cada VPN habilitada:
      - ID registrado del dominio Dipalme/Es al que se presta el servicio.
      - Nombre de la persona de contacto si es diferente y, en su caso, teléfono fijo
      - Justificación de la necesidad de acceso a la Red Provincial desde terminales externos a la misma.
      - Declaración expresa de adoptar las medidas de seguridad en el equipo en el que se instale el acceso VPN.

      Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, al Área de Hacienda, RR. HH. y R. Interior.
Coste:
      Sólo se admitirá el acceso de usuarios registrados (ID del dominio Dipalme/ES).

      El servicio estará justificado si el acceso es necesario para el desempeño de las funciones públicas encomendadas al responsable del ID registrado.

      El uso indebido del acceso, para fines no relacionados con el trabajo de la administración local adherida o sin habilitar las medidas de protección necesarias, podrá ser causa para la suspensión y en su caso inhabilitación definitiva del acceso VPN correspondiente.

      El servicio no supondrá coste alguno para las Entidades Adheridas, salvo los de conexión a Internet desde el cliente en el que accedan.
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación:
      Para el supuesto de que alguna Entidad Adherida quisiera dar de baja alguna conexión VPN, deberá comunicarlo con un mes de antelación al área de RR.HH. y Régimen Interior.
Prerrequisitos:
      Para que sea posible el servicio, es imprescindible:

      - Asociar la VPN con un ID registrado del Dominio Dipalme/Es de la Red Provincial.
      - Asumir la responsabilidad de instalar y configurar el equipo de acceso con las debidas medidas de protección para impedir puntos de vulnerabilidad de la Red Provincial.

      Prerrequisitos que podrán cambiar en el futuro, si los condicionantes técnicos, lo requirieran.
Documentos Anexos:
      - Resolución acordando el Servicio: Documento, en formato word: .doc
      - Anexo Condiciones del Servicio: Documento, en formato word: ANEXO-VPN-V2.doc
      - Modelo solicitud del Servicio: Documento, en formato word: SOLI-VPN-V2.doc


SOLI-VPN-V2.doc ANEXO-VPN-V2.doc