Ayuntamiento de Huercal de Almeria
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LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS (ACTIVIDADES DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL -ANEXO III-)
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    Descripción:
      - Estará sujeta a licencia de actividades inocuoas, la apertura de establecimientos destinados a actividades que no producen daños a las personas ni al medio ambiente, es decir, que no están clasificadas como molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (que serán objeto de licencia de apertura de actividades clasificadas), ni clasificadas como espectáculos públicos o actividades recreativas (sujetas a licencia de apertura especial).

      - Tendrá la consideración de apertura:
      a) La instalación, por vez primera, de establecimiento para dar comienzo a sus actividades.
      b) La variación o ampliación de la actividad desarrollada en el establecimiento, aunque continúe el mismo titular.
      c) La ampliación del establecimiento y cualquier alteración que se lleve a cabo en éste y que afecte a las condiciones señaladas en el número 1 de este artículo, exigiendo nueva verificación de las mismas.

      - Se entenderá por establecimiento industrial o mercantil toda edificación habitable, esté o no abierta al público, que no se destine exclusivamente a vivienda y que:
      a) Se dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial fabril, artesana, de la construcción, comercial, profesional y de servicios que este sujeta al Impuesto sobre Actividades económicas.
      b) Aún sin desarrollarse, aquellas actividades que sirvan de auxilio o complemento para las mismas, o tengan relación con ellas en forma que les proporcione beneficios o aprovechamientos como, por ejemplo, sedes sociales, agencias, delegaciones o sucursales de entidades jurídicas, escritorios, oficinas, despachos o estudios.
    Actividades No Sujetas:
      -Actividades de Abogado, Procurador de los Tribunales, Arquitecto, Ingeniero, Médico, etc.. siempre que la actividad se desarrolle en un marco de relación directa profesional-cliente, alejado del carácter de pública concurrencia que caracteriza las actividades comerciales e industriales, y su ejercício no implique el establecimiento de un Estudio, Bufete, Clínica, etc.. en los que el despliegue de medios pesonales y materiales exige la exigencia de licencia para prevenir los posibles inconvenientes que su ejercicio pueda ocasionar a quienes habitan en su entorno (STSJ Cantabria 3-Oct-1997).
      -Las celebraciones de carácter estrictamente familiar o privado, así como las que supongan el ejercicio de derechos fundamentales,especialmente en el ámbito religioso, político y docente; siempre que los locales donde se realicen estas actividades reunan las condiciones de seguridad exigidas por la legislación vigente y, su ejercicio no produzca molestias o riesgos para terceros, en cuyo caso sería exigible la intervención administrativa pertinente.
    Inicio del Expediente:
      Instancia (documento, en formato word anexo: SOLICITUD DE LICENCIA APERTURA (ANEXO III).doc), con los requisitos del art. 70 Ley 30/1992 deR.J.A.P. y P.A.C.: Las solicitudes que se formulen deberán contener:
      a) Nombre y apellidos del interesado y DNI y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.
      b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
      c) Lugar y fecha.
      d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.
      e) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
      ...
      Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.), acompañada de:
      - Declaración-liquidación, de la tasa correspondiente, acompañando justificante del abono, en la Caja Murcia caja de ahorros o bancos a favor del Ayuntamiento
      - Breve memoria descriptiva de la actividad
      - Dirección y, en su caso plano, de localización.
      - Plano o croquis del establecimento.
    Interesados:
      -Las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, titulares de la actividad que se pretende desarrollar o, en su caso, se desarrolle.
    Tramitación:
      - Si la documentación presentada contuviera deficiencias subsanables se notificarán al peticionario, para que las subsane, antes de expirar el plazo de resolución, quedando dicho plazo interrumpido desde esta notificación.
      - Informes técnicos, jurídicos y sanitarios
      -Resolución motivada, concediendo o denegando la licencia solicitada, a la vista de los documentos e informes obrantes en el expediente, notificándose al interesado en la forma prevista en el art. 89.3 de la Ley 30/1992 de R.J.A.P. y P.A.C.
    Documentación:
      - La solicitud deberá presentarse en modelo oficial (documento, en formato word anexo: SOLICITUD DE LICENCIA APERTURA (ANEXO III).doc) y acompañarse de los siguientes documentos:

      a) Dos ejemplares del Proyecto Técnico de la actividad que se desea (1) _______________, suscrito por Técnico competente, debidamente visado por el Colegio Oficial correspondiente, con el contenido exigido en el artículo 9 del Reglamento de Calificación Ambiental.

      b) Documento justificativo (certificado o documento análogo), del número de trabajadores empleados por la empresa titular del establecimiento / actividad, en todos los centros de trabajo que tenga.

      c) Licencia de Primera Utilización del inmueble donde se ejercerá la actividad, salvo que se hubiere utilizado con anterioridad, debidamente justificado.

      d) Copia de Alta del inmueble en IBI-Urbana, o recibo de contribución correspondiente.

      e) Copia del Alta en el IAE, en el municipio de Huércal de Almería, con expresión, en su caso, del importe del Impuesto, incluyendo los recargos aplicables en la anualidad completa del año en que se solicita la Licencia de Apertura.

      f) En el caso de que el titular sea una sociedad deberá presentar fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad.

      g) Justificación de la disposición del inmueble (fotocopia de la escritura, contrato de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).

      h) Relación de colindantes.
    Tarifas:
      Según Ordenanza publicada en el B.O.P. núm.
      · Se considera Base Imponible, la cuota del Impuesto de Actividaes Económicas de la actividad o actividades que se realicen en el local sujeto a licencia de apertura.
    Plazos y Efectos del Silencio:
      - La licencia para apertura de establecimiento para el ejercicio de actividad que incluye trámite de Informe Ambiental, deberá otorgarse o denegarse en el plazo de .......
      - Si transcurre dicho plazo, con la prórroga dle periodo de subsanación de deficiencias, en su caso, sin que se hubiere notificado resolución expresa, ésta se entenderá .........................
    Efectos:
      - La licencia otorgada no impide a la Administración intervenir en todo momento, pudiendo acordar las medidas técnicas que sean precisas para que la actividad se ajuste a las exigencias del interés público; ni la exigencia, en su caso, de licencia de actividad clasificada o licencia de obras.
    Normas:
      Art. 84 Ley 7/1985, de 2 de abril, R.B.R.L.
      Art. 5, 9, 22 Decreto de 17 junio de 1955, R.S.C.L.,
      Decreto de 30 de noviembre de 1961, R.A.M.I.N.y P.
      Reglamento de Informe Ambiental de 30 de abril de 1996
      Demás normas y preceptos de aplicación.



SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA (ANEXO III).doc