Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora
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REGISTRO DOCUMENTOS

Código: RG-PAC-01
Modelo solicitud: NO PROCEDE
Objeto:Registro de todo escrito o comunicación dirigido al Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora para asegurar el control de la documentación presentada al mismo.
Forma iniciación: Instancia de parte De oficio
Dependencia responsable de la tramitación:PAC
Organo resolutor, salvo delegación:Resolución Alcaldía Comisión de Gobierno Pleno

Concejal Delegado no procede
Plazo máximo para resolver y notificar:INMEDIATO
Solicitante:Personas físicas actuando en nombre propio o en representación de otras personas físicas o jurídicas interesados/as en dejan constancia de la documentación presentada o iniciar un trámite.
Destinatario:El solicitante
Requisitos:- Los documentos en formato papel deberán ser originales, firmados y, en su caso sellados por quien suscribe, en nombre propio o en representación de otra persona física o jurídica.
- Deberán estar redactados en castellano (lengua oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía).
- Las solicitudes de iniciación de procedimientos deberán contener:
a) Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente así como la identificación del lugar que señale a efectos de notificaciones.
b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud.
c) Lugar y fecha,
d) Firma del solicitante
e) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
- Cuando las pretensiones correspondientes a una pluralidad de personas tengan un contenido y fundamento idénticos o sustancialmente similar, podrán ser formuladas en una única solicitud, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan otra cosa.
- De las solicitudes, comunicaciones y escritos que presenten los interesados en las oficinas de la Administración, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina.
Trámites necesarios:
Documentación a aportar:Los solicitantes podrán acompañar los elementos que estimen convenientes para precisar o completar los datos del modelo de solicitud que hubieren utilizado, los cuales deberán ser admitidos y tenidos en cuenta por el órgano al que se dirijan.
Forma y plazo de pago/cobro:El servicio de registro es gratuito. Lo que no impide la comprobación del pago de cuales quiera tasas o tributos exigidos en el procedimiento concreto que se trate de iniciar con el documento presentado para su registro.
Importe TasasEXENTO
Recursos contra la resolución:NO PROCEDE
Efectos presuntos del silencio admvo.: Estimatorios Desestimatorios No procede
Fin vía administrativa: Sí No
Normativa legal:Real Decreto 208/1996, de 9 de Febrero por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano.
Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Real Decreto 772/1999, de 7 de mayo, por el que se regula la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante la Administración General del Estado.
Orden de 14 de Abril de 1999, por la que se establecen criterios para la emisión de la comunicación a los/las interesados/as prevista en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico y Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Ley 6/1983, de 21 de Julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Ordenanzas municipales:NO PROCEDE
Observaciones:Las solicitudes, escritos o comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de la Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el Registro de los Organos administrativos al que se dirijan.
b) En los Registros de cualquier Organo Administrativo que pertenezca a la Administración Gral. Del Estado, a la de cualquiera Administración de las CC.AA o a alguna de las Entidades que integran la Admon. Local si, en este último caso se hubiese suscrito el oportuno Convenio.
c) En las Oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca,
d) En las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Trámites relacionados: