Diputacion Provincial de Almeria
Servicio Provincial de Gestión Tributaria y Recaudación

» Hacienda Municipal » Devolución de Importes Ingresados

DEVOLUCION DE PAGOS DUPLICADOS
    ¿Cuando procede?
      Se podrá solicitar la devolución del importe de recibo pagado por duplicado, cuando se haya satisfecho el mismo en una entidad bancaria y en las Oficinas de Recaudación.
    ¿Quién puede solicitarla?
      El Titular (sujeto pasivo contribuyente) del recibo pagado por duplicado o por su representante. La representación, deberá acreditarse con poder bastante mediante documento público o privado con firma legitimada notarialmente o por comparecencia ante el órgano administrativo competente. Pudiendo utilizarse el modelo en formato word: M-15.doc
    ¿Cómo solicitar la devolución?
      Rellenando el modelo en formato word: M-5.doc o documento que contenga los extremos que éste contempla, a máquina o a mano utilizando bolígrafo sobre superficie dura, en letra clara y legible, debidamente firmado por el solicitante o su representante.
      Solicitud que deberá presentarse en cualquiera de las Oficinas de Registro General de la Diputación Provincial de Almería o demás medio y lugares que autiriza el art. 38 de la Ley 30/1992 de R.J.A.P. y P.A.C.
    ¿Qué documentación debo acompañar a la solicitud?
      - Recibo original abonado
      - Fotocopia del otro recibo abonado
      - Documento acreditativo de la representación en su caso (
      M-15.doc o equivalente).
      - Ficha de Tercero (Datos Generales) acompañada de fotocopia del D.N.I. para el suuesto de que la misma no se hubiere presentado anteriormente o deba modificarse la que en su día se presentó. (Utilizar modelo adjunto en formato word:
      Ficha de Terceros.doc).
      - Ficha de Tercero (Datos Bancarios) debidamente sellada por la Entidad Bancaria, para el supueto de que la misma no se hubiere presentado anteriormente o deba modificarse la cuenta en la que se solciita el ingreso de la devolución. (Utilizar modelo adjunto en fomrato word:
      Ficha de Terceros (Bancaria).doc).