SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEUDAS |
¿Cuando procede?
Podrá fraccionarse el pago de la deuda, tanto en período voluntario como ejecutivo, previa petición de los obligados, cuando su situación económico-financiera, discrecionalmente apreciada por la Administración, les impida transitoriamente el pago de sus débitos.
El fraccionamiento de pago, como modalidad del aplazamiento, se regirá por las normas aplicables a éste, en lo no regulado especialmente.
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¿Quien puede solicitarlo?
El Titular (sujeto pasivo contribuyente) del recibo a fraccionar o por su representante. En caso que actúe por medio de representante, debe acreditarse con poder bastante mediante documento público o privado con firma legitimada notarialmente o comparecencia ante el órgano administrativo competente. Pudiendose utilizar el modelo en formato word:
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¿Cómo solicitarlo?
Rellenando el impreso en formato word: o documento que contenga los extremos que éste contempla, a máquina o a mano utilizando bolígrafo sobre superficie dura, en letra clara y legible, debidamente firmado por el solicitante o su representante.
Solicitud que deberá presentarse en cualquiera de las Oficinas de Registro General de la Diputación Provincial de Almería o demás medios y lugares que autoriza el art. 38 de la Ley 30/1992 de R.J.A.P. y P.A.C.
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¿Cuándo puedo presentarlo?
Las solicitudes de fraccionamiento se dirigirán al órgnao compentente para su tramitación, dentro de los plazos siguientes:
a).- Deudas que se encuentren en período voluntario de recaudación o de presentación de las correspondientes autoliquidaciones: dentro del plazo fijado para ingreso en los apartados 2 y 3 del art. 20 del R.G.R, aprobado por R.D. 1684/1990 de 20 de diciembre.
b).- Deudas en vía ejecutiva: en cualquier momento anterior al acuerdo de enajenación de los bines embargados.
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¿Qué documentación debo acompañar a la solicitud?
- Solicitud de fraccionamiento, () debidamente cumplimentada.
- Documento que acredite la representación, en su caso
- Compromiso irrevocable de aval solidario. La garantía cubrirá el importe del principal y de los intereses de demora que genere el aplazamiento, más un 25% de la suma de ambas partidas, pudiendose utilizar para ello el modelo en formato word:
- El solicitante, podrá acompañar a su instancia los demás documentos o justificantes que estimen oportunos en apoyo a su petición.
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