Diputacion Provincial de Almeria
Servicio de Régimen Interior

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SERVICIO DE UTILIZACIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES DE LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA
(Aprobado por Resolución de Presidencia 1.633/2004 de 17/11 y Modificado por Resolución 1.606/2006 de 29/09)
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    Descripción:
        El servicio permitirá a las mesas de contratación de la Entidad Adherida al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, utilizar la información sobre los licitadores o contratistas inscritos en el Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería, de conformidad con lo establecido, con carácter general, en su Reglamento y en la vigente legislación de Contratos; y en especial, con lo que, en cada caso, pudiera derivarse de los correspondientes Pliegos de Bases, siempre que sea compatible con las condiciones de uso que se concretan en el próximo apartado.

        Lo que no sólo tendrá ventajas para la Entidad Adherida, sino que posibilitará a los licitadores habituales de distintas Entidades Locales de la Provincia que, facultativamente se inscriban en el mismo, evitar tener que presentar la misma documentación administrativa de forma reiterada en cuantas licitaciones convoquen las Entidades Locales que utilicen el servicio.
    Usuarios:
        Entidades Locales de la provincia de Almería, adheridas al Convenio Marco que soliciten la prestación del Servicio, y
        Licitadores de las mismas.

        Relación de Adheridos al Servicio:
    Modalidades:
        El Servicio de Utilización del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería, posibilitará que las mesas de contratación de las Entidades Adheridas que lo soliciten puedan, utilizar la información sobre los licitadores o contratistas inscritos en el Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería, de la siguiente manera:

        1.- Los Entes Adheridos que utilicen el servicio, tienen derecho a que el Servicio de Patrimonio y Contratación de la Diputación de Almería, habilite una subsección documental acorde con la documentación exigida en sus Pliegos, para el supuesto de que no considerarán de aplicación las subsecciones existentes. La solicitud deberá indicar expresamente los documentos exigidos que deberán incluirse en la subsección.

        2.- En los Pliegos de Cláusulas Administrativas de cada convocatoria deberán especificar expresamente, la posibilidad de sustituir la documentación exigida en la misma por la prevista en el Reglamento regulador del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería, aportando, en su caso sólo los que, depositados en el mismo, estuvieren caducados.

        2.- Los Entes Adheridos que utilicen el servicio, tienen derecho a que Diputación les facilite tantas claves o certificados de acceso como mesas de contratación tengan. Clave o certificado que, deberá ser custodiado por la secretaría de la correspondiente mesa y que permitirá, dejando constancia a los efectos previstos en la vigente legislación de protección de datos de carácter personal, consultar telemáticamente la documentación de los licitadores inscritos en el Registro; así como en su caso, obtener información sobre posibles oferentes a los que solicitar ofertas.
    Coste:
        El Servicio de Utilización del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería, no conllevará coste directo alguno para las Entidades Adheridas al Convenio Marco que lo soliciten.

        Las Entidades Locales adheridas, si tendrán que asumir, en su caso, los costes de comunicación o elementos de conexión necesarios para la consulta vía Red Provincial.
    Prerrequisitos:
        Para utilizar este Servicio, los Entes Adheridos que lo soliciten, deberán adoptar los acuerdos de aplicación de la vigente Ordenanza reguladora del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería en sus procedimientos de contratación administrativa, que estimen procedentes; y contar con puntos de acceso a la Red Provincial que permitan la consulta a las mesas de contratación.
Solicitud:
    La Solicitud del Servicio de Utilización del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería deberá ser aprobada por el órgano correspondiente de la Entidad Adherida e implicar el compromiso de incluir en los Pliegos de Cláusulas Administrativas particulares que en lo sucesivo aprueben, la posibilidad de sustituir la documentación exigida en los mismos, por el documento expedido por el Registro en el que consten los documentos obrantes en el mismo y su vigencia, a fecha hábil para la presentación de la licitación de que se trate de conformidad con lo establecido en el vigente Reglamento del Registro Oficial de Licitadores de la Diputación de Almería.

    En la misma solicitud inicial, o con posterioridad, caso de producirse modificaciones, deberán solicitar las claves o certificados de acceso necesarios para sus respectivas Mesas de Contratación, a cuyos efectos indicarán expresamente el DNI, nombre completo y puesto de trabajo, de la persona o personas que deberán responsabilizarse de la utilización y custodia de la misma. Siendo estas mismas personas las, mientras no se revoque, podrán solicitar de la Sección de Patrimonio y Contratación, en su caso, la creación de nuevas subsecciones.

    Y remitirse, al Área de RR.HH. y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Almería, Sección de Patrimonio y Contratación. C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 Almería.



regRLicita.docanexo-V2.doc