Guia de Servicios y Tramites, Diputación Provincial de Almería
TERMINAL PAGO VIRTUAL DE LA RED PROVINCIAL (SERVICIO TPV)
Descripción:
El Servicio de TPV (Terminal de Pago Virtual), posibilitará a las Entidades Locales usuarias a la Red Provincial, abrir cuentas restringidas en la entidad financiera adjudicataria, en las que se ingresarán los pagos, por tributos, precios públicos o pagos de naturaleza privada, que pudieran hacer los ciudadanos que utilicen el Servicio de TPV, con cargo a sus respectivas tarjetas, en las aplicaciones que así lo ofrezcan en las sedes electrónicas y portales de las citadas Entidades

La entidad financiera adjudicataria sólo podrá cargar, como compensación, el mismo precio que hubiera ofertado para la Diputación y demás Entidades Locales de la Red Provincial que hicieren uso del servicio.

(Aprobado por Resolución núm. 882/2013 de 28/05 y Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración electrónica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia BOP n.48 de 12/03/2019). En el caso de Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, es un servicio propio de administración electrónica.
Destinatarios: 
Ayuntamientos 1. <= 1.000,Ayuntamientos 2. >1000 <= 5000,Ayuntamientos 3. >5000 <= 10000,Ayuntamientos 4. >10000 <= 20000,Ayuntamientos 5. >20000 <= 50000,Ayuntamientos 6. >50000 <= 100.000,Ayuntamientos 7. >100.000,Consorcios,Empresas Públicas,Entidades Locales Autónomas,Mancomunidades,Organismos Autónomos,Organismos y Empresas de Comunicación,Dependencias Internas
Requisitos exigibles:  
ENTIDADES LOCALES de la provincia de Almería, usuarias de los sistemas de administración electrónica de la Red Provincial, que soliciten el servicio TPV, de conformidad con lo establecido en el mismo.

PERSONAS que tengan relación con la Entidad que utilice los sistemas de TPV que aquella ofrezca en su Sede Electrónica.


Para que el Servicio pueda prestarse, la Entidad solicitante deberá:

1.- Solicitar el Servicio de TPV, a la Diputación utilizando el modelo de solicitud normalizado disponible en la Sede Electrónica de ésta. Solicitud, en la que necesariamente designará a la persona o personas coordinadoras del servicio por parte de la Entidad, que serán autorizados como administradores de Entidad para habilitar las cuentas de abono y aplicaciones respectivas en las que quieran utilizar este servicio.

2.- Contratar con la Entidad de Crédito, que en cada momento sea la Adjudicataria del Servicio, la apertura de la cuenta o cuentas de abono correspondientes (a las que se asociará un código de comercio virtual), que sólo tendrán como costes, los correspondientes cargos por operación de abono que se realice, en los porcentajes aprobados en la adjudicación vigente. En el momento actual: CAIXABANK SA según contrato de 25/05/2022

La Entidad Solicitante, deberá estar conectada, de forma segura, a la Red Provincial.

Los coordinadores que designe la entidad y, los usuarios que los mismos habiliten, deberán tener Identidad Digital, registrada, y la respectiva Entidad, haber solicitado el Servicio de Firma Electrónica Acordada de la Red Provincial.

La Entidad usuaria deberá haber solicitado el Servicio de Alojamiento de Aplicaciones y Bases de datos y/o el de Básicos de Teleadministración, Oficina Virtual y demás necesarios para poder activar el servicio de pago telemático con TPV que quieran habilitar, en su respectiva Sede Electrónica. En especial, la Entidad, deberá utilizar la aplicación de Tablas Generales, para gestionar las cuentas que utilizarán para ingresar el importe de las operaciones que se realicen con el Sistema y activar las aplicaciones de la Entidad que ofrecerán dicha opción de pago.

En cualquier caso, las aplicaciones que posibiliten el pago con tarjeta a través de Internet, de las Entidades Adheridas, deberán ser compatibles con el sistema de TPV de la Red Provincial.

Prerrequisitos que podrán cambiar en el futuro, si se modifican los condicionantes técnicos o de la Prestadora del servicio. Anualmente, si el servicio implica gasto, la primera Comisión Permanente de la Red Provincial informará las liquidaciones que realice la Diputación por las aportaciones que correspondan a los Entes Locales receptores de los servicios, para la financiación de los mismos, de conformidad con las condiciones de cada servicio y el correspondiente plan de financiación también aprobado por la Comisión Permanente.
Documentación Complementaria:
Las Entidades que soliciten el servicio deberán facilitar la siguiente información: (ver modelo anexo en formato word al final de esta página: SOLICITUD.doc) - Entidad solicitante. - Nombre y datos de contacto, de la persona o personas que se designe/n coordinador del servicio. Personas que deberá contar con el correspondiente ID Personal de la Red Provincial registrado por ser la Entidad usuaria del Servicio de Firma Electrónica Acordada. Y remitirse, una vez aprobadas por el órgano competente, con la correspondiente autorización y disposición de gasto en su caso, al Área de Personal y Régimen Interior. Servicio de Régimen Interior. * Recibida la Solicitud, Diputación facilitará a la Entidad solicitante un justificante de su adhesión al Convenio Marco y de la aplicación de las condiciones del contrato firmado con la Entidad prestadora del Servicio (en la actualidad Cajamar según contrato de fecha 14/05/2013), que podrán utilizar para abrir la cuenta o cuentas necesarias en la Oficina de Cajamar con la que trabajen. Los datos que les faciliten en dichas oficinas, se darán de alta en la correspondiente aplicación de Tablas Generales, para que las aplicaciones de la Red Provincial habilitadas puedan activar la opción de pago de los ciudadanos utilizando el TPV.
¿Cuándo solicitar? :  
Plazo Solicitud Indefinido
Plazo para resolver:
1 mes
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá denegada
Coste para el solicitante:
La Entidad de crédito adjudicataria del servicio, podrá cargar, como precio del servicio, en la respectiva cuenta en la que se abonen los pagos realizados por los ciudadanos, el porcentaje correspondiente de conformidad con las condiciones aprobadas en la adjudicación. Según condiciones ofertadas por la entidad adjudicataria, CAIXABANK SA, recogidas en el contrato vigente de 25/05/2022 Un coste de 0,52% por operación, sea cual sea la tarjeta utilizada por el ciudadano. En ningun caso se abonará comisión fija por operación. El anterior porcentaje que cada Entidad usuaria del servicio, soporte por operación, podrá variar si las condiciones del contrato suscrito por Diputación cambiaran, por nueva adjudicación o modificación del contrato vigente.
Atención Presencial:
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA. ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR. SERVICIO DE R. INTERIOR . C/ NAVARRO RODRIGO, 17 04071 ALMERÍA
admon-e@dipalme.org
TF: 950 211 171
Fax: 950 211 194
Horario de atención Presencial:
Previa Cita laborables de 9 a 14 horas.
Observaciones:
Plazo de Preaviso para el cese de la prestación: Las Entidades Adheridas al presente servicio, podrán dejar de utilizarlo, comunicándolo con un mes de antelación, o en el momento en que cambien las condiciones de utilización. Así mismo, los administradores de la entidad, podrán activar y desactivar, en cualquier momento, el servicio de pago en sede electrónica meditante TPV, en sus respectivas aplicaciones

El sistema actuará de forma que, ningún dato significativo de la tarjeta utilizada pueda ser conocido ni por la Entidad Local a la que se hace el pago, ni por la Diputación Provincial, como gestora de la Red Provincial, ya que los sistemas de la Red Provincial conectarán, de forma segura, con los de la entidad financiera adjudicataria que se encargarán de la transacción, dando cuenta de su realización a los sistemas de la Red Provincial, para que, sólo los usuarios autorizados por la Entidad Local titular de la cuenta en la que se ingrese el importe cobrado, tengan conocimiento de la operación, concepto y ciudadano que la hace, pero en ningún momento de los datos de la tarjeta con la que se hizo el pago. En cualquier caso, la información que se transfiera de la operación sólo podrá ser consultada por los usuarios de la respectiva Entidad Local a la que se ingresa el importe correspondiente.

El sistema podrá utilizarse sólo en aquellos aplicativos de la Red Provincial que, progresivamente, vayan habilitándose para ello, si bien no tendrá que utilizarse en todos ellos, sino sólo en los que la Entidad Adherida usuaria del servicio vaya autorizando en sus respectivas Tablas Generales. Actualmente se puede utilizar en:
. Recursos (Reserva de recursos, reposición de fondos de abonados)
. Fiestas y Eventos (cuotas de inscripción).
. Trámites Oficina Virtual (en los que se solicite la implantación del servicio TPV).

Las tarjetas que los ciudadanos podrán utilizar, serán las que, en cada momento, admita el sistema de TPV de la Entidad de crédito adjudicataria de la prestación del correspondiente servicio. Inicialmente al menos las siguientes:
· VISA, de cualquier entidad bancaria.
· MASTERCARD, de cualquier entidad bancaria.
· MAESTRO, de cualquier entidad bancaria.
· 4B, de cualquier entidad bancaria.
· Tarjetas CAJAMAR.
. CUP. CHINA UNIÓN PAY.
. DINERS
. MASTERCARD GLOBAL WHOLESALE.
. JCB
VISA B2B VIRTUAL PAYMENTS.

De conformidad con la normativa de protección de datos personales, le informamos que los datos personales que se recogen en este formulario serán objeto de tratamiento en la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIONAR LOS DATOS PERSONALES DE USUARIOS QUE ACCEDEN A LOS SISTEMAS Y APLICACIONES, ASI COMO DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN, A TRAVES LA RED PROVINCIAL DE COMUNICACIONES GESTIONADA POR LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. , en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, EJECUCION DE CONTRATO. Mas informacion sobre Proteccion de Datos personales en este enlace, en el apartado de privacidad de www.dipalme.org o bien en la oficina de información o dependencia donde realice su gestión. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, siguiendo las indicaciones facilitadas, previa acreditación de su identidad. Con la firma de este formulario, confirmo que he leído y acepto el tratamiento de mis datos personales para la actividad GESTIÓN DE USUARIOS Y SERVICIOS DE LA RED PROVINCIAL

VER ENTIDADES USUARIAS DEL SERVICIO
Normativa Aplicable:
- - Aprobado por Resolución núm. 882/2013 de 28/05.
- Norma Provincial para la Prestación de los Servicios de Administración Electrónica y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los Entes Locales de la Provincia (BOP núm. 48 de 12/03/2019).
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local.
- ADJUDICACIÓN VIGENTE.- Ac. Urg 9 de la Junta de Gobierno de la Exma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria de 16/05/2022
Dependencia Gestora:
SERVICIO DE RED PROVINCIAL Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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