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Proyecto "Almería_P3: Fomento de la Economía Social. Ayuda del FSE (Ayudas EMP-POEJ) "

ANTECEDENTES

La Diputación de Almería tiene como uno de sus objetivos prioritarios luchar contra la despoblación de los municipios de la provincia.

En octubre de 2018 el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, publicó una convocatoria de subvenciones a entidades locales para financiar proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidas a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ).

En el marco de estas ayudas se entiende por municipio de menor población los siguientes:

  • Municipios de población inferior o igual a 5.000 habitantes, o
  • Municipios con una población comprendida entre los 5.001-10.000 habitantes siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década.

La Diputación, a través de la Delegación de Desarrollo Económico e Iniciativas Europeas, elaboró cuatro proyectos:

  • Almería_P1.- Formación para emprender
  • Almería_P2.- Fomento del trabajo autónomo
  • Almería_P3.- Fomento de la economía social
  • Almería_P4.- Formación para emprender_2

OBJETIVOS

  • Objetivo general:

    • Afrontar el reto demográfico en esos municipios de la provincia en los municipios con una población inferior o igual a 5.000 habitantes, o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes, siempre que estos últimos presenten un saldo demográfico negativo en la última década. 

    Objetivo específico:

    • Incentivar y promover proyectos de autoempleo que aumenten el emprendimiento de los jóvenes que habiten o vayan a habitar en los citados municipios.

    BENEFICIARIO

    Tendrá la condición de persona beneficiaria de esta subvención, la persona que cumpla una de las siguientes condiciones:

    • Constituya una empresa de economía social cuya forma jurídica sea cooperativa o sociedad laboral.
    • Se incorpore como nuevo “socio trabajador” a una cooperativa ya constituida o como “socio laboral” a una sociedad laboral ya constituida.

En ambos casos, deberá seguir de alta en el régimen que corresponda, en el momento de presentar la solicitud y acreditarlo con el certificado de vida laboral actualizado.


Además, las personas beneficiarias han de cumplir los siguientes requisitos el día anterior a la fecha de inicio de su actividad en una empresa (cooperativa o sociedad laboral) de económica social:

  • Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas personas con discapacidad, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo y que estén inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Una vez cumplidos 30 años, podrán ser beneficiarios de la subvención si inician su actividad empresarial antes de que transcurran 4 meses y estén inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil antes de cumplir los 30 años. A este efecto, se entenderá por inicio de la actividad empresarial el primer día de alta en el régimen que corresponda.
  • Estar empadronados y residir en alguno de los 85 municipios de la provincia de Almería que se recogen en el Anexo I de las bases durante el período de ejercicio de la actividad de emprendimiento colectivo declarado y durante la subvención.
  • Acreditar que el centro de trabajo se encuentra situado en uno de los 85 municipios de la provincia de Almería recogidos en el Anexo I de las bases.
  • Encontrarse de alta en la Hacienda estatal y autonómica, en el momento de presentación de la solicitud.
  • Cumplir los requisitos del artículo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Almería.
  • AYUDA AL EMPRENDIMIENTO COLECTIVO

    La cuantía de la subvención por establecimiento como “socio trabajador” de una cooperativa o como “socio laboral” de una sociedad laboral, se corresponderá con el 75% del importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente por cada mes de permanencia de alta en el régimen de la seguridad social que legalmente o estatutariamente corresponda.

    Los importes mínimos y máximos se encuentran reflejados en la siguiente tabla:

    Definición Ayuda

    Meses de permanencia de alta

    en el régimen que corresponda

    Importe

    Euros
    Ayuda económica a los participantes con el objeto de apoyarles durante la fase inicial de sus proyectos profesionales de emprendimiento colectivo. Menos de 6 meses. 0
    Entre 6 y 12 meses. SMI vigente * nº meses * 0,75

La fecha límite para la presentación de solicitudes de la subvención a autónomos es el 30 de septiembre de 2022. 

Para más información sobre esta ayuda y cómo solicitarla, consultar la sección “Empleo joven contra la despoblación” de la web de iniciativas europeas (www.europa.almeria.es)

DURACIÓN:  2019 - 2022