Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Tíjola.
| A) Introducción:
El objetivo básico de este Plan de medidas antifraude en la gestión de fondos europeos es permitir al Ayuntamiento de Tíjola garantizar que los fondos correspondientes al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR) que va a gestionar y ejecutar se utilizan de conformidad con las normas aplicables a la prevención, la detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Para ello se documenta una estrategia dirigida a alcanzar un modelo de organización que integra los principios de responsabilidad, transparencia, optimización de recursos, cumplimiento, integridad y gestión por objetivos, así como su seguimiento y control, en el marco de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre de 2021.
B) Plan de Medidas Antifraude:
Certificado del Acuerdo de Pleno del Plan Antifraude.
Certificado (Modificado) del Acuerdo de Pleno del Plan Antifraude.
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| C) Declaración Institucional:
AnexoIII: DECLARACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE LUCHA CONTRA EL FRAUDE
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| D) Código de Conducta de los Empleados Públicos:
6.1 Medidas de Prevención:
B. Código de conducta.
El Ayuntamiento de Tíjola suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes compromisos de conducta:
• Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
• Uso adecuado de los recursos públicos.
• Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
• Transparencia y buen uso de la información.
• Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
• Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el AnexoIV.
AnexoIV: CÓDIGO DE CONDUCTA DE OS EMPLEADOS PÚBLICOS
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| E) Modelo Declaración Ausencia de Conflicto de Intereses:
AnexoII: DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES.
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| F) Buzón de denuncias:
6.2 MEDIDAS DE DETECCIÓN:
C. Buzón de denuncias.
Se habilita un procedimiento para la denuncia de irregularidades a través de la página web del Ayuntamiento, incluyéndose el enlace al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), órgano encargado de coordinar las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude en colaboración con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF): http://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/ComunicacionSNCA.aspx
Además de lo anterior, cualquier persona puede informar a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de sospechas de fraude o corrupción que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
Es posible dirigirse a la OLAF por medio de los siguientes canales:
- Por carta a: Comisión Europea, Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), Investigaciones y Operaciones B-1049 Bruselas, Bélgica.
- Por correo electrónico a: OLAF-COURRIER@ec.europa.eu
- Por medio de las líneas de teléfono gratuito: http://ec.europa.eu/anti-fraud
A través de este canal de denuncia abierto, cualquier persona podrá notificar las sospechas de fraude y las presuntas irregularidades que, a ese respecto, pueda haber detectado, y se le informará de que:
1. La denuncia será tenida en cuenta y les serán comunicados los resultados de las gestiones realizadas.
2. Se respetará la confidencialidad, salvo cuando la persona que comunique la información solicite expresamente lo contrario, y la protección de datos personales.
3. No sufrirán represalia alguna, ni serán sancionados en el caso de que se trate de funcionarios públicos.
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| ¿Aún tienes dudas? |
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- Si tiene cualquier duda o necesita mas información, puede:
- Llamar al 950 420 300
- Enviar un Email a registro@tijola.es
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