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PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS

 

PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS

Conjunto de prestaciones económicas temporales, de carácter urgente o coyuntural que responden a criterios estándares para su concesión, destinadas a apoyar económicamente a personas y/o unidades de convivencia que, por circunstancias excepcionales, viven una situación de especial necesidad, gestionadas conforme a la normativa que las regula.

INTEGRADAS POR:

  • AYUDAS DE APOYO A LA INSERCIÓN SOCIAL: Son prestaciones económicas que pretenden garantizar la igualdad de oportunidades haciendo frente a situaciones carenciales que obstaculizan la promoción y la calidad de vida de las personas. Tienen carácter periódico y temporal.
  • AYUDAS ECONOMICAS COMPLEMENTARIAS AL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO: Son ayudas económicas, que tienen por objeto mejorar las carencias que dificultan la adecuada prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio y que no puedan hacerlas con recursos propios.
  • AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL: Son prestaciones económicas individualizadas, destinadas a paliar contingencias extraordinarias que se puedan presentar a personas o unidades familiares y que deban ser atendidas con inmediatez.
  • AYUDAS ECONOMICO-FAMILIARES: Son prestaciones temporales de carácter preventivo que se conceden a familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo cuando carecen de los recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar la institucionalización del/a menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social. Estas ayudas implicarán una intervención social complementaria. Están reguladas por la Orden de 10 de octubre de 2013, por la que se regulan las Ayudas Económicas Familiares y su gestión mediante la cooperación entre la Junta de Andalucía y las Entidades Locales.