La Policía Local de Vícar inicia la semana que viene una campaña de control de vehículos de movilidad personal

Vigente.

Los agentes vigilarán especialmente que los patinetes eléctricos no se usen para circular por las aceras

Vícar, 22 de abril de 2022: El Ayuntamiento de Vícar se ha adherido a una campaña impulsada por la Jefatura Provincial de Tráfico destinada a concienciar a los  usuarios de los llamados vehículos de movilidad personal, especialmente los patinetes eléctricos. Para la realización de esta campaña, que persigue hacer hincapié en el uso de estos vehículos con arreglo a la normativa, la Policía Local efectuará controles esporádicos en diferentes puntos del municipio desde el próximo lunes, día 25 hasta el viernes 29 de abril, con el objetivo de reducir los riesgos para ellos durante la conducción, así como para los otros ocupantes de la vía.

El alcalde de Vícar, Antonio Bonilla, ha manifestado que “desde el Ayuntamiento de Vícar estamos enormemente sensibilizados con la seguridad vial y con el respeto por parte de todos los conductores a las normas de tráfico y a la normativa vigente, en este aspecto la sensibilización ciudadana consideramos que es primordial”.  Para Antonio Bonilla un ejemplo de este interés por mejorar la seguridad en el tráfico urbano vicario es la campaña de Educación Vial que se viene celebrando en los distintos centros educativos del municipio y que ha sido objeto de reconocimiento por la propia Dirección General de Tráfico.

Por su parte, el concejal de Tráfico y Movilidad, José Luis Leseduarte Carretero, ha indicado que  esta campaña, es de gran importancia, ya que “es muy reciente la entrada en vigor de la nueva normativa que regula la conducción con este tipo de vehículos, que cada vez proliferan más en nuestro municipio”. En este sentido, indicar que se consideran vehículos de movilidad personal aquellos que tienen una velocidad máxima de 25 km/h, con una o más ruedas, que disponen de una sola plaza y que estén propulsados por un motor eléctrico

Desde la Concejalía de Tráfico y Movilidad se recuerda que la normativa, que entró en vigor el pasado lunes, 21 de marzo, establece que la velocidad máxima a la que pueden circular estos vehículos, será de 25 kilómetros por hora, o la obligatoriedad de poseer el certificado de circulación. También recoge la normativa otros aspectos, como el tipo de vía por las que puede circular estos vehículos, estando prohibidas las aceras, zonas peatonales, vías interurbanas, autovías, autopistas, travesías y túneles urbanos.

 

Los VMP son considerados vehículos a todos los efectos, razón por la que sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial y si las superan pueden ser sancionados con multas que oscilan entre los 500 y los 1.000 euros. Además, consta la prohibición de circular con presencia de drogas en el organismo, bajo multa de 1.000 euros. Si el conductor diera positivo en cualquiera de los dos casos el VMP se inmovilizaría y si se negara a realizar las pruebas, supondría una infracción administrativa.

 

Además, a la hora de manejar estos vehículos está prohibido circular haciendo un uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación; una acción que está sancionada con una multa de 200 euros. La misma cantidad que se impondrá si circulan utilizando auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Del mismo modo, se considerará conducción negligente cuando el conductor circule de noche sin estar equipado con alumbrado o elementos reflectantes (200 euros de multa) ya que se considerará que no ha adoptado las medidas necesarias para ser visto y evitar ponerse en peligro.

 

 

 

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