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CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS AL COMERCIO “NO ESENCIAL” PARA PALIAR LOS EFECTOS DEL CORONAVIRUS COVID-19

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS AL COMERCIO “NO ESENCIAL” PARA PALIAR LOS EFECTOS DEL CORONAVIRUS COVID-19

Ayuntamiento de Los Gallardos

Secretaría

Subvenciones y Ayudas - Empresas -

Publicado: 07/10/2021

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS AL COMERCIO “NO ESENCIAL” PARA PALIAR LOS EFECTOS DEL CORONAVIRUS COVID-19


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

La situación económica, grave, originada por la crisis sanitaria del coronavirus covid-19, ha motivado la intervención de las distintas Administraciones Públicas que han dictado diversas disposiciones para contrarrestar la incidencia negativa.

Por parte del Estado son de destacar las siguientes normas:
· Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo.
· Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo.
· Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.
· Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

Por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía se han dictado los Decreto-ley 3; 6; 8 y 9/2020, de 16 y 30 de marzo, 8 y 15 de abril, respectivamente.

Toda esta normativa contiene medidas urgentes en el ámbito económico y social para hacer frente a los impactos de dicha pandemia.

El Ayuntamiento de Los Gallardos se ha sensibilizado también con esta problemática porque entendemos que, al ser la Administración más próxima, conocemos mejor las necesidades y carencias de la población a la que servimos. En este sentimiento, aprobamos un plan estratégico municipal en 2.020 “LOS GALLARDOS CONTIGO”, que, entre otros, pretendía aliviar en lo posible los perjuicios económicos que esta crisis ha traído a los negocios de este pueblo, y al que se le da continuidad en el presente año 2.021 con una nueva ayuda para aquellos comercios calificados como “no esenciales” que se han visto obligados a cerrar sus instalaciones en este último año.

La presente convocatoria recula la concesión de ayudas al comercio, pequeña empresa y autónomos, incluidos en el marco de las actividades económicas “no esenciales”, que se han visto obligados a la clausura de sus establecimientos.



Artículo 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El Pleno del Ayuntamiento de Los Gallardos, en sesión de 11 de Junio de 2020, aprobó el Plan Estratégico Municipal “LOS GALLARDOS JUNTO A TI”, que recogía las actuaciones municipales tendentes a paliar la crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19.

Mediante esta convocatoria se pone en marcha una línea de subvenciones para aquellos autónomos y pequeñas empresas, que en el año 2.021 se hayan visto obligados a cerrar sus instalaciones.

Artículo 2. RÉGIMEN JURÍDICO.

Las actuaciones que se llevan a cabo para tramitar estas ayudas se regirán por los principios de objetividad, igualdad, publicidad, transparencia, concurrencia y no discriminación.

El régimen normativo para la concesión de estas ayudas viene determinado por la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003 de 17 de Noviembre), su Reglamento (R.D. 887/2006), la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y las Bases de Ejecución del Presupuesto.

Artículo 3. PRESUPUESTO DISPONIBLE Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.

La concesión de las ayudas contenidas en las presentes bases tendrá como límite la consignación presupuestaria existente a tal fin, sin perjuicio de habilitar más créditos mediante la correspondiente modificación presupuestaria tramitada de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y demás legislación de aplicación.
· A todo autónomo o pequeña empresa que lo solicite y que HAYA PERMANECIDO CERRADO BAJO EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO CENTRAL, ASÍ COMO POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA, percibirá una subvención de 500 Euros para paliar la pérdida de ingresos que le haya podido ocasionar tal cierre. El propósito no es otro que incentivar la reapertura de la actividad que venía realizando y que fue interrumpida.

Artículo 4. BENEFICIARIOS.

4.1. Podrán solicitar esta subvención aquellos autónomos o pequeñas empresas que lleven a cabo actividades comerciales o empresariales que motivan la subvención y que cumplan los requisitos siguientes:
· Que su actividad se haya visto afectada por el cierre de establecimiento a partir de 1 enero de 2.021.
· Que la actividad desarrolla por el comercio o empresa cumpla los requisitos previstos por el art.10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2.020.
· Que tengan su domicilio fiscal de la actividad en el municipio de LOS GALLARDOS, y radique en el municipio el centro de trabajo afectado.
· Estar al corriente en sus obligaciones fiscales con la AEAT y con la Hacienda de la Junta de Andalucía. Igualmente deberán encontrarse al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social. También deberán estar al corriente con sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Los Gallardos.

Quedan excluidas expresamente las asociaciones, comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal y entidades carentes de personalidad jurídica.
Artículo 5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, PLAZO Y FORMA.

El modelo de solicitud será el establecido como Anexo I, y se encuentra disponible en la web municipal www.losgallardos.es.

Preferentemente, y al objeto de evitar desplazamientos a las oficinas municipales, las solitudes se presentarán de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de LOS GALLARDOS, o través del correo electrónico registro@losgallardos.es.

El plazo de presentación será el periodo comprendido desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y el 31 de Diciembre de 2021.

La presentación fuera de plazo o no utilizando los modelos de formularios establecidos, se uso obligatorio, serán causas de inadmisión.

Artículo 6. DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos:
· DNI o documento equivalente
· Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta para, en su caso, hacerle la transferencia.
· Certificado de la Agencia Tributaria de encontrarse de Alta en el IAE.
· Certificado de estar al corriente en las obligaciones fiscales con la AEAT, Hacienda de la Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Los Gallardos y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
· Declaración Jurada de suspensión de la actividad según Anexo II.

Artículo 7. RÉGIMEN DE CONCESIÓN.

Las ayudas se evaluarán y concederán en régimen de concurrencia no competitiva.

Terminado el plazo, previo informe, en su caso, de los funcionarios que se determinen, todas las solicitudes se someterán al conocimiento y aprobación de la Junta de Gobierno Local.
Los Gallardos, 9 de Septiembre de 2021.





DILIENCIA: Las presentes bases fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de 10 de septiembre de 2021.
LA SECRETARIA

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BASES AYUDAS 2021:ANEXO I:ANEXO II 50 KB[descargar]
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