Modificado: 26/03/2021
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES INMUEBLES
Primero. Aprobar inicialmente la modificación de la correspondiente Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles (B.O.P. de Almería Número 249, de 31 de diciembre de 2003 y Número 184, de 26 de Septiembre de 2011) consistente la modificación del ANEXO D) que quedará redactado como sigue:
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.
ANEXO(...)D. TIPOS DE GRAVAMEN
Bienes de naturaleza rústica: Porcentaje 0,40 %.
Bienes de naturaleza urbana: Porcentaje 0,60 %
Modificado: 02/02/2023
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público (BOP n.° 223 de 21/11/2022), queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento adoptado en sesión extraordinaria de fecha 15/11/2022 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (B.O.P. de Almería núm. 249 de fecha 31/12/2003 modificada por el B.O.P. de Almería núm. 220 de 15/11/2004, B.O.P. de Almería núm. 89 de 13/05/2013 y B.O.P. de Almería núm. 248 de 30/12/2017), cuya modificación de Anexo se hace público, todo ello en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
A N E X O
C. BONIFICACIONES
6) BONIFICACIÓN A INMUEBLES CUYO TITULAR OSTENTE LA CONDICIÓN DE FAMILIA NUMEROSA: 50 % en la cuota íntegra del impuesto, mientras permanezca la condición de familia numerosa.
Esta Ordenanza fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, y permanecerá en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación.