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PROGRAMA “CERCA” DE ASISTENCIAS ECONÓMICAS A MUNICIPIOS Y ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA INCLUÍDO EN EL PLAN ALMERÍA

Diputación Provincial de Almería

Presidencia y Hacienda

Presidencia

Planes y Programas Provinciales - De Inversión - PLAN ALMERIA 2020

Publicado: 28/09/2020
Modificado: 01/10/2020;



ANUNCIO

PROGRAMA “CERCA” DE ASISTENCIAS ECONÓMICAS A MUNICIPIOS Y ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA INCLUÍDO EN EL PLAN ALMERÍA



LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de septiembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:


URG. 1- RESOLUCIÓN DEL PROGRAMA CERCA DE ASISTENCIAS ECONÓMICAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERIA A MUNICIPIOS Y ENTIDAD LOCAL AUTÓNOMA DE LA PROVINCIA DESTINADAS A FINANCIAR GASTOS OCASIONADOS POR LA EPIDEMIA DEL COVID-19.


Previa especial declaración de urgencia, acordada por unanimidad de los/as siete Diputados/as asistentes a la sesión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 y 134.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Corporación, por el Secretario, se da cuenta, a tenor de lo que dispone el artículo 97 del citado Reglamento, de la moción del Delegado del Área de Presidencia, Lucha Contra la Despoblación y Turismo, de fecha 9 de septiembre de 2020.
La Junta de Gobierno de esta Diputación Provincial De Almería, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo núm. 3 de urgencia, de aprobación del programa “CERCA”, incluido en el Plan Almería que, a su vez, fue aprobado mediante acuerdo de Pleno, en sesión de fecha 6 de mayo de 2020 y publicado en el BOP núm. 105, de 3 de junio de 2020.
El programa Cerca tiene como objeto la concesión de” asistencias económicas para atender los gastos contraídos por la evolución del COVID-19, entre otros, en concepto de actuaciones y servicios de desinfección, suministros de bienes, productos y materiales de desinfección y sanitarios para la prestación de los servicios de competencia municipal”.
A partir de la publicación en el BOP, las entidades locales destinatarias han dispuesto de un mes para la presentación de sus solicitudes de asistencia económica, acompañada de la documentación específica.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 9 de la Norma de Asistencia Económica de la Diputación Provincial de Almería, se reúne la Comisión de Valoración, en fechas 22 de julio, 20, 21 y 26 de agosto, con objeto del estudio de la documentación presentada.
Tras estudio de las mismas, se advierte que hay diversas peticiones de material inventariable encuadrable en el objeto del programa, pero no cubiertas por la naturaleza de la aplicación presupuestaria asignada el mismo.
Por tanto, la Comisión acuerda atender el importe total de gastos ocasionados en los Ayuntamientos en el marco del programa, excluyendo el material inventariable, dentro de los límites recogidos en el programa en función de la población, siendo los criterios aplicados:
- Importe del gasto total ocasionado,
- Actuaciones y servicios sanitarios y de desinfección realizados,
- Gastos de personal,
- Suministros de bienes, productos y materiales de desinfección y sanitarios,
- Destino del material sanitario y productos de desinfección adquiridos en el marco de la prestación de los servicios de competencia municipal.

Asimismo, se asigna una cantidad complementaria para atender otros gastos planteados por los Ayuntamientos en el marco del programa, de forma proporcional al mismo.
En relación a los gastos presentados por los Ayuntamientos relativos a material inventariable, en sesión de fecha 21 de agosto, la Comisión de Valoración propone, asimismo, la concesión de asistencia económica previa habilitación de la aplicación presupuestaria correspondiente a tal fin.
Obra en el expediente administrativo diligencia de la Coordinadora de la Oficina de Colaboración Local, de fecha 24 de julio de 2.020, relativa a los datos obtenidos de la Base de Datos Nacional de Subvenciones sobre sanciones relativas a la obtención de subvenciones y ayudas de las entidades locales solicitantes.
En fecha 31 de agosto de 2020, se elabora propuesta de concesión, que se somete a trámite de audiencia a partir del día siguiente a la publicación en el tablón de anuncios de esta Corporación.
Una vez transcurrido el plazo establecido, se reúne la Comisión de Valoración, en fecha 8 de septiembre de 2020, con objeto del estudio de las alegaciones formuladas por diversos Ayuntamientos, incorporándose el acta al expediente.
Obra en el expediente, en sentido favorable, el preceptivo informe a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, así como el de la Intervención Provincial.
Considerando lo anterior, en virtud de las facultades delegadas por Resolución de la Presidencia número 1.905, de fecha 16 de julio de 2019:

LA JUNTA DE GOBIERNO en votación ordinaria, por unanimidad de los/as siete Diputados/as asistentes a la sesión, ACUERDA:
1º) Aprobar las asistencias económicas relacionadas para atender los gastos contraídos por la evolución del COVID-19, a las siguientes entidades locales, por los importes indicados, para la financiación de los conceptos solicitados relacionados con actuaciones, gastos de personal y servicios de carácter sanitario, de limpieza y desinfección, suministros de bienes, productos y materiales de desinfección y sanitarios:
HAB.
ENTIDAD LOCAL
IMP APROBADO
58
BENITAGLA
3.221
110
BEIRES
6.000
123
CASTRO DE FILABRES
5.991
125
ALSODUX
4.792
152
ALCUDIA DE MONTEAGUD
6.049
169
ALMÓCITA
6.052
171
COBDAR
6.032
192
LAROYA
5.835
196
OLULA DE CASTRO
3.424
204
SUFLÍ
5.982
206
ALICÚN
6.004
208
SANTA CRUZ DE MARCHENA
984
215
BAYARQUE
5.704
238
BENTARIQUE
5.989
240
TURRILLAS
6.000
242
VELEFIQUE
6.039
246
BACARES
4.100
254
BENIZALÓN
3.340
275
ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA
1.716
278
CHERCOS
3.256
295
SENÉS
4.975
302
ARMUÑA DE ALMANZORA
6.000
316
RÁGOL
6.000
317
BAYÁRCAL
5.998
350
URRÁCAL
6.148
362
TAHAL
5.849
371
PATERNA DEL RIO
6.589
377
TERQUE
6.416
381
SIERRO
3.637
390
LÍJAR
6.109
394
ILLAR
6.014
410
PADULES
6.085
446
SOMONTÍN
6.000
448
INSTINCIÓN
3.543
452
SANTA FE DE MONDUJAR
5.898
466
ENIX
6.399
480
HUÉCIJA
6.000
495
NACIMIENTO
4.029
505
ALCÓNTAR
6.221
538
LUCAINENA DE LAS TORRES
5.322
568
LAS TRES VILLAS
6.828
580
OHANES
4.590
616
ALBOLODUY
1.773
628
FELIX
3.802
671
ALHABIA
6.077
741
ALBANCHEZ
6.045
763
LUCAR
6.000
825
ALCOLEA
6.153
833
ULEILA DEL CAMPO
3.966
925
TABERNO
6.054
971
BÉDAR
910
989
FONDÓN
6.490
1030
GERGAL
5.468
1202
ABRUCENA
10.079
1214
CANJAYAR
9.031
1238
MARIA
11.430
1249
ABLA
6.603
1417
RIOJA
10.815
1472
CHIRIVEL
10.113
1477
LUBRIN
12.010
1536
LAUJAR DE ANDARAX
11.668
1618
PURCHENA
12.039
1904
VÉLEZ-BLANCO
11.976
1994
FIÑANA
12.030
2041
SERON
37.000
2079
FINES
10.743
2249
ORIA
13.858
2388
SORBAS
11.730
2794
LOS GALLARDOS
12.125
3005
ZURGENA
12.000
3009
BALANEGRA
12.000
3012
GÁDOR
12.084
3182
ANTAS
11.638
3204
CANTORIA
12.051
3541
TÍJOLA
37.000
3549
TURRE
12.000
3641
ALHAMA DE ALMERÍA
12.000
3688
TABERNAS
12.000
4006
DALIAS
12.000
4037
PECHINA
12.410
4382
BENAHADUX
10.735
4596
ARBOLEAS
11.487
5482
MACAEL
4.870
5885
VIATOR
27.000
6210
OLULA DEL RIO
12.145
6403
MOJÁCAR
11.945
6555
VELEZ RUBIO
12.000
8004
CARBONERAS
7.744
9021
LA MOJONERA
21.500
9212
GARRUCHA
13.285
10055
PULPI
15.000
11805
ALBOX
21.500
12415
BERJA
35.000
14081
CUEVAS DEL ALMANZORA
15.246
16452
VERA
15.000
17651
HUÉRCAL DE ALMERÍA
16.212
19127
HUÉRCAL-OVERA
15.000
25148
ADRA
20.000
26028
VÍCAR
20.000
80000
EL EJIDO
20.000
96800
ROQUETAS DE MAR
20.000
198533
ALMERIA
20.000


1.000.000

2º) Comprometer el gasto por importe de un millón de euros (1.000.000 €) con cargo a la aplicación 1100 231 46200 del presupuesto general para el año 2020.
3º) Abonar el importe correspondiente a las asistencias económicas concedidas a las citadas entidades locales.
4º) Las entidades locales beneficiaras deberán presentar, hasta el día 31 de diciembre de 2020, el certificado del Secretario, de comunicación de pagos (modelo normalizado), cumplimentado ante esta Corporación Provincial/Oficina de Colaboración Local, a través de la oficina virtual, en el que se hagan constar los siguientes extremos:
a) Datos y fecha del abono, en su caso, de los correspondientes gastos objeto de asistencia económica.
b) Documentación acreditativa de la publicidad realizada en relación con la colaboración de la Diputación en la liquidación de los gastos contraídos.
5º) Proceder a la publicación del acuerdo del programa en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, portal de transparencia y tablón de anuncios de la Corporación Provincial.”.


Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa podrá Vd. interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

No obstante, podrá dirigirse requerimiento previo ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la citada LRJCA. El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción, esta Diputación no lo contestara.

INFORMACIÓN: AREA DE PRESIDENCIA, LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN Y
TURISMO/OFICINA DE COLABORACIÓN LOCAL

Dirección correo electrónico: presidencia@dipalme.org
Teléfonos: 211830-211553-211186-211686-211507

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Modificado: 01/10/2020


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