Beneficiarias
1. Podrán solicitar la subvención objeto de las presentes bases y obtener la condición de beneficiarias, las mujeres trabajadoras por cuenta propia o autónomas, y las comuneras de comunidades de bienes de acuerdo con lo establecido en el apartado siguiente, afiliadas y en alta, desde el año 2021 en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
2. Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiaria las comunidades de bienes que se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. Deberá nombrarse una representante o apoderada única de la comunidad, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la comunidad. No podrá disolverse la comunidad hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la LGS.
Requisitos
a) Desarrollar su actividad económica en municipios de la provincia de Almería.
b) Estar empadronada en alguno de los municipios de la provincia de Almería.
c) La actividad económica debe encontrarse en los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas incluidas en el Anexo I.
d) No tener pendiente de justificar subvenciones percibidas de la Diputación Provincial de Almería.
e) No incurrir en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Objeto de la convocatoria
Concesión de ayudas a la financiación de los costes de mantenimiento de la actividad económica de las trabajadoras autónomas de la provincia de Almería de los sectores del comercio minorista, la hostelería y agencias de viajes.
Bases Reguladoras
Publicación del extracto en el B.O.P. de Almería, el texto íntegro en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y como anexo en este anuncio.
Cuantía
Cuantía global de la asistencia económica: Cien mil (100.000) euros
Cuantía a conceder a cada una de las beneficiarias: Máximo de ochocientos (800) euros.
Solicitudes
El plazo de presentación será de 30 días naturales y su cómputo se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.
La instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro de la Diputación, y hasta el límite de la consignación presupuestaria, salvo que aquéllas tuvieran que ser objeto de subsanación, para las cuales la fecha de prelación a tener en cuenta será la de subsanación. Tramitación