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SOLICITUD LICENCIAS VENTA AMBULANTE/MERCADILLO

Guia de Servicios y Tramites, Ayuntamiento de Vícar
SOLICITUD LICENCIAS VENTA AMBULANTE/MERCADILLO
Descripción:
Se considera venta no sedentaria la realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comerciales desmontables o transportables.

Se considera venta ambulante la modalidad de venta no sedentaria practicada en ubicación móvil, de manera y con medios que permitan al vendedor ofertar su mercancía de forma itinerante, deteniéndose en distintos lugares sucesivamente y por el tiempo necesario para efectuar la venta.  

Para cada emplazamiento concreto, y por cada una de las modalidades de venta no sedentaria que el comerciante se proponga ejercer, deberá solicitar una autorización que será otorgada, si procede, por el ayuntamiento respectivo.

Puesto que el número de autorizaciones disponibles es limitado debido a la escasez de suelo habilitado a tal efecto, la duración de las mismas no podrá ser por tiempo indefinido .
Destinatarios: 
Asociaciones Sin Fines de Lucro,Ciudadanos
Requisitos exigibles:  
Podrán presentar documentos dirigidos al Ayuntamiento las personas físicas actuando en nombre propio o bien en representación de otras personas tanto físicas como jurídicas. Tanto el interesado como el representante deben estar identificados con CIF, DNI, tarjeta de residente, o pasaporte.

Cualquier persona con capacidad de obrar puede actuar en representación de otra ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona debe acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación.

Cuando una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado o, en su defecto, con el que figure en primer término.

INTERESADOS
Pueden presentar solicitud de licencia de mercadillo o comercio ambulante las personas físicas o jurídicas que deseen ejercer la venta de sus productos en el mercadillo de Vícar que se celebra los domingos en el Polígono Agruenco o que desee ejercer la venta ambulante en el municipio de Vícar.

Las personas jurídicas deberán remitir sus solicitudes obligatoriamente a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento, mientras las personas físicas podrán presentarlo de forma presencial o en la sede electrónica, tal y como establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas .

Para la presentación telemática, a la Instancia General deberá adjuntar modelo de solicitud y documentación exigida en caso de nuevas solicitudes.
Documentación Complementaria:
Para la renovación de licencias no es necesario entregar documentación, solo la solicitud y declaración responsable. Para la solicitud de nuevas adjudicaciones, la documentación necesaria a presentar viene detallada en el modelo de solicitud que se anexa.
¿Cuándo solicitar? :  
Plazo Solicitud en la Convocatoria
Plazo para resolver:
El plazo para resolver las solicitudes viene especificado en la convocatoria.
¿Qué ocurre si no se resuelve dentro del plazo ?
Su solicitud se entenderá denegada
Coste para el solicitante:
Atención Presencial:
Excmo. Ayuntamiento de Vícar Bulevar Ciudad de Vícar, 1331 04738 Vícar (Almería)
informatica@vicar.es
TF: 950 553 637
Fax: 950 553 541
Horario de atención Presencial:
La oficina de registro presenciales del Ayuntamiento de Vícar permanecerá abierta de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, salvo festivos y los días 24 y 31 de diciembre. Recuerde que debido a la pandemia existente es necesario solicitar cita previa que puede hacerlo en http://citaprevia.vicar.es. Se considerarán festivos los reconocidos como tales en el municipio de Vícar los días que podrán consultarse en nuestra página web (http://www.vicar.es). Las oficinas de registro de Otras Administraciones y Ayuntamientos con los que se ha suscrito convenio para la presentación de documentos, están sujetas a sus correspondientes horarios.
Normativa Aplicable:
- - Decreto-ley 1/2012 Texto refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía
- Ordenanza Municipal Reguladora del Comercio Ambulante, BOP Nº 77 de 25 de Abril de 2016
Dependencia Gestora:
JEFATURA POLICIA LOCAL

APLICACIONES Y TRAMITACIÓN TELEMÁTICA

DOCUMENTOS ADJUNTOS

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