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REGISTRO CIVIL (1841/1870)

El Registro Civil viene a ser un catálogo oficial de las personas integradas en el ordenamiento jurídico, en el que consta su existencia, presencia, subsistencia y estado civil.

Durante muchos siglos, ni el Estado ni la Iglesia se preocuparon de disponer de un registro del estado civil de las personas. Lo que hoy entendemos como Registro Civil se fue formando poco a poco, al principio como un simple instrumento estadístico, incorporando datos y mejoras que enriquecieron su contenido y reglamentación.

Mediante Decreto de la Regencia provisional de 24 de enero de 1841 se obliga a los Ayuntamientos de las capitales, de las cabezas de partido y de todos los pueblos cuyo vecindario excediese de quinientos vecinos, a abrir en sus respectivas secretarias un registro civil de nacidos, casados y muertos dentro de su término jurisdiccional, tomando como modelo el de Madrid. Durante treinta años este registro tuvo carácter municipal, y se complementaba con los registros parroquiales. Desde las parroquias se tenía la obligación de remitir a los alcaldes, hojas trimestrales con el número de inscritos.

El Registro Civil, como instrumento competencia del Estado, con las características básicas que hoy tiene, nace a raíz de la libertad de culto, proclamada en la Constitución de 1869, que exigía la creación de un Registro Civil en el que anotar los datos de todos los españoles, fueran o no católicos. Esto se materializó en la ley “provisional” de 17 de junio de 1870, ley que entró en vigor el primero de enero de 1871, por tanto, a partir de esa fecha todas las inscripciones se conservan en los Registros Civlies, dependientes de la Administración de Justicia, y sitos en los Juzgados decanos de cada municipio. Pero su antecedente inmediato fue el Registro que hoy se conserva en los Ayuntamientos, como fruto de una competencia de las Secretarías Municipales, durante los treinta años inmediatamente anteriores.

En el Ayuntamiento de Berja, se conserva casi la totalidad de los libros que contienen el Registro de esas tres décadas. Su estado de conservación en general es bastante bueno, encontrándose casi todos encuadernados en cartoné y algunos de ellos encuadernados en piel, de los cuales varios tienen sólo una piel por cubierta, quedando ésta flexible, motivo por el cual se conservaron en un legajo y no recibieron numeración de libro, guardados junto a los cuadernillos sueltos de libros incompletos o los libros que han perdido la encuadernación.

El Archivo Parroquial de Berja (sito en Parroquia de la Anunciación, Placetilla de las Monjas, C.P. 04760), se quemó todo el archivo durante la Guerra Civil, por lo que hasta 1939 solo se conserva un Libro de Bautismos correspondiente al período de 06-10-1754/09-11-1762. A partir de 1939, se conservan todos los libros de bautismos y casamientos y, a partir de 1944, también los de confirmaciones. Estos archivos parroquiales constituyen otra fuente valiosa para completar datos genealógicos, si bien en Berja, es prácticamente nula.

En el Registro Civil de Berja (sito en C/ Faura, n. 28, C.P. 04760, tlf. 950033209) se conservan los libros que contienen el Registro Civil de Berja a partir de 1871 hasta hoy y también, el de Benínar, desde esa fecha a 1984 en que desaparece el municipio. Estos libros, a diferencia de los de este Ayuntamiento, sí constan de índices alfabéticos anuales, lo que facilita la consulta enormemente. Además, las inscripciones a partir de 1950 se encuentran digitalizadas e indexadas para mayor facilidad en la búsqueda.




* REGISTRO CIVIL DE BERJA DE NACIDOS (1841/1870)
* REGISTRO CIVIL DE BERJA DE MUERTOS (1841/1870)
* REGISTRO CIVIL DE BERJA DE MATRIMONIOS (1841/1870)