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Licencia de utilización
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Descripción del trámite:
Trámite de solicitud de licencia que acredita la utilización de un local para el desarrollo de una actividad concreta.
Peticiones más comunes:
Dotar de suministro de agua y luz a un local.
Legalización de una actividad
Clasificación telemática:
Urbanismo y actividades.
¿Quién puede solicitarlo?
<ul><li>Toda persona física o jurídica.</li><li>El representante de los anteriores interesados.</li></ul>
¿Cuándo se puede solicitar?
Durante todo el año.
Documentación a aportar:
<br>
Con carácter general y obligatorio:
">
Instancia de solicitud. Licencia de utilización (pdf)
Fotocopia de D.N.I./N.I.E./Pasaporte o C.I.F. </li><li>
Copia escritura constitución de la Sociedad, en el Registro Mercantil y fotocopia del poder, en caso de Sociedades.</li><li>
Fotocopia de la Escritura de Propiedad de la Vivienda, o Local. </li></ul></br>
<b>Edificaciones o Instalaciones
EJECUTADAS
conforme a una licencia de obra vigente: </b>
<ul><li>
Certificado Final de obra redactado por el técnico director de la obra y visado por el Colegio correspondiente. </li><li>
Modelo 902-N de Alta en Catastro. </li></ul></br>
<b>Edificaciones o Instalaciones
NO EJECUTADAS
conforme a una licencia de obra vigente: </b>
<ul><li>Certificado de Antigüedad y Solidez, en el que se justifique que el uso previsto para la edificación es compatible con el planeamiento vigente, redactado por técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente. </li><li>
Copia del Recibo del I.B.I. o modelo 902-N. </li></ul></br>
<b>Edificaciones o locales comerciales sometidos a trámite de protección y control ambiental, que actualmente
NO POSEAN LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA:
</b>
<ul><li>Resolución de Calificación Ambiental de Actividades. </li><li>
Comprobación previa a la puesta en marcha emitida favorablemente por el Órgano local o la Delegación Provincial competente. </li></ul></br>
<b>Edificaciones o locales comerciales sometidos a trámite de protección y control ambiental, que actualmente
POSEAN LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA:
</B>
<ul><li>
Licencia Municipal de Apertura del establecimiento. </li><li>
Declaración del titular de la licencia que garantice que no se han llevado a cabo modificaciones sustanciales de la distribución interior o el uso del inmueble desde el otorgamiento de la misma. </li></ul>
Documentación que entregará el ayuntamiento:
<ul><li><u>En el momento de la entrega de la solicitud en la OAC:</u></li><ul><li>Copia de la instancia de solicitud. </li><li>Si hubiera deficiencias en la documentación, documento de requerimiento de subsanación de deficiencias.</li></ul><li><u>Correo certificado con la notificación del acuerdo de la Junta General.</u></li></ul>
</ul></br>
Canales de solicitud:
Presencialmente, en la
Oficina de Atención al Ciudadano de Albox:
Calle Rosario, 27 Teléfono: 950 120 908 / Fax: 950 120 300 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas
<br>
</br>
Legislación aplicable:
Planeamiento municipal
Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, Reglamento de Disciplina Urbanística.
">Ordenanza reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.
">Modificación BOP 22 ENERO 2008.
Precio:
Tasa por licencia urbanística.-
<li>
<u>Locales:</u></li><ul><li>
Hasta 95 m2: 105 Euros.</li><li>Que excedan de 96 m2 hasta 200 m2: 210 Euros.</li><li>Que excedan de 200 m2: 350 Euros.</li></ul></ul></br>
¿Cuándo y cómo se realiza el pago?
La tasa debe pagarse una vez recibida la correspondiente notificación por parte de la Junta de Gobierno Local, indicando el importe de la misma.<br></br>
Las tasas e impuestos se abonaran en el número de cuenta indicado en la instancia de solicitud.
Recursos que se pueden interponer:
Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, y del Procedimiento Administrativo Común, o en el plazo de dos meses el Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que estime oportuno interponer.
Trámites relacionados:
http://www.albox.es/Servicios/Informacion/informacion.nsf/lecturacss?ReadForm&id=04006&nv=Informacion&tipo=doc&r=006-SE-OAC-025
">Licencia de ocupación
http://www.albox.es/Servicios/Informacion/informacion.nsf/lecturacss?ReadForm&id=04006&nv=Informacion&tipo=doc&r=006-SE-OAC-
021">Licencia de obra menor (Edificaciones)
http://www.albox.es/Servicios/Informacion/informacion.nsf/lecturacss?ReadForm&id=04006&nv=Informacion&tipo=doc&r=006-SE-OAC-018
">Licencia de obra mayor (Edificaciones)
Otra información de interés:
<ul><li>Para la puesta en marcha de una actividad, se deberá presentar declaración responsable de inicio de actividad o apertura de establecimientos comerciales.</li><li>Para otorgar la licencia de utilización, los Servicios Técnicos del Ayuntamiento realizaran visita de inspección a la obra para comprobar que se adecua a la licencia de obras otorgada y que se da cumplimiento a los servicios adicionales necesarios (obra urbanizadora, acometidas de servicios de agua, luz, etc.).</li></ul> </br>
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